Instructivo altas, bajas y modificaciones de los vehículos de ambulancias registradas en la Web de Fiscalización

Instructivos

Este instructivo establece los pasos a realizar para la gestión de altas, bajas y modificaciones de las ambulancias registradas en la Web de Fiscalización, conforme a lo establecido en el Decreto 176/024 de fecha 20 de junio de 2024, que dispone en su Artículo 5 “Exímase de la aplicación de multas de tránsito por exceso de velocidad a los vehículos de ambulancias, debidamente empadronados, generadas en el estricto cumplimiento del servicio de traslado de pacientes a fin de cumplir con tratamientos médicos inherentes a potencial riesgo de vida, tanto en jurisdicción nacional como departamental.

Cada organismo con competencia en la aplicación de multas por exceso de velocidad, dispondrá los requerimientos a exigir a efectos de eximir de la aplicación de las mencionadas multas a las ambulancias”, con el fin de contar con un trato preferencial respecto de los tiempos estipulados para el proceso de las multas por exceso de velocidad y la suscripción al Sistema de Avisos, a los efectos de realizar descargos, presentando la evidencia correspondiente. Comprendiendo en este sentido, ambulancias de empresas particulares, así como las pertenecientes al Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa.

QUIEN: La información será suministrada por empresas debidamente acreditadas para desarrollar el servicio, así como por los representantes designados del Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa.

El objetivo es registrar la flota de ambulancias en la base de datos del CSIT, para asegurar el cumplimento de la Normativa Vigente.

Información que debe contener la solicitud:

1- Nombre de la entidad (Empresa o Ministerio)

2- Razón social (en caso de corresponder)

3- RUT (en caso de corresponder)

4- Dirección de correo electrónico al cual enviar la notificación

5- Archivo en formato .csv que contenga las filas: Matrícula y Mail (ver anexo)

CUANDO: Primera vez: Se ingresa la información de las ambulancias en la base de datos de Fiscalización. Actualizaciones: Se realizan cada vez que se envíe un listado completo y actualizado de las ambulancias, ya sea para agregar nuevas unidades o modificar/eliminar existentes. Se indica que es necesario dar de baja el listado anterior de los vehículos y volver a cargar el listado con la flota actualizada.

DONDE: Las solicitudes para la inclusión o actualización de ambulancias en la base de datos CSIT deben enviarse exclusivamente a través del correo electrónico dnv.registro.contravenciones@mtop.gub.uy.

CONDICIONES NECESARIAS: Correo electrónico con redacción de solicitud, información necesaria indicada en el punto “QUIEN”

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