Resolución N° 1/024 Consejo Directivo Honorario
Autorízase la subrogación de funciones a la A/S Ninoschka Dante, titular de la cédula
de identidad Nº X.XXX.XXX-X
Montevideo, 15 de enero de 2025
Visto: lo dispuesto en la Resolución del Consejo Directivo Honorario de AGESIC Nº 011/022, de 15 de junio de 2022;
Resultando:
- que a través de dicha Resolución se autorizó la subrogación de funciones a la funcionaria A/S Ninoschka Dante en el Escalafón B, Grado 15, Denominación Técnico I, Serie Informático, por un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses a partir del 14 de agosto de 2022 y con el pago de la diferencia de sueldo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013;
- que en virtud de estar próximo el vencimiento del plazo de 18 (dieciocho) meses dispuesto y subsistiendo la situación que dio origen a la referida subrogación, es necesario mantener ocupado el cargo en virtud del rol que el mismo cumple para la Agencia;
Considerando:
- que, a través de la Resolución de la Secretaría de la Presidencia de la República, de fecha 3 de setiembre de 2020, se dispuso el pase en comisión de servicio de la funcionaria de AGESIC, Sra. Diamela Bello, Directora del Área Tecnologías de la Información, titular del cargo Escalafón A, Grado 16, Serie Profesional, Denominación Director, a la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE);
- que, posteriormente, según la Resolución de este Consejo Nº 008/021, de 25 de noviembre de 2021, se autorizó la subrogación de funciones del A/P Marcelo Guinovart, en el desempeño de las funciones que son inherentes al cargo Escalafón A, Grado 16, Serie Profesional, Denominación Director, por un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses y con el pago de la diferencia de sueldo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, a partir del 1º de diciembre de 2021;
- que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 68 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, procede la subrogación de funciones en dos hipótesis: en caso de ausencia temporaria o en caso de acefalía del cargo;
- que, en la actualidad, la Sra. Diamela Bello continúa en comisión en la ARCE, por lo que, en el presente caso, la subrogación de la Sra. Ninoschka Dante procede por la ausencia temporaria del funcionario titular del cargo a subrogarse y se considera que esta posee vocación suficiente para el desempeño de las funciones inherentes a dicho cargo;
- que en su mérito, y subsistiendo la situación que dio origen a la subrogación dispuesta y resultando imposible proveer la titularidad de dichos cargos de acuerdo a las reglas del ascenso, corresponde autorizar su subrogación a fin de procurar el mejor funcionamiento de AGESIC;
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a lo dispuesto por el Decreto Nº 286/014, 09 de octubre de 2014, demás disposiciones concordantes, modificativas y complementarias y a lo dispuesto en el Acta de este Consejo N° 04/020, de fecha 19 de agosto de 2020;
El Consejo Directivo Honorario de Agesic resuelve:
- Autorízase la subrogación de funciones a la A/S Ninoschka Dante, titular de la cédula de identidad Nº X.XXX.XXX-X del cargo Escalafón B, Grado 12, Denominación Técnico IV, Serie Informático, en el desempeño de las funciones inherentes al cargo Escalafón B, Grado 15, Denominación Técnico I, Serie Informático, por un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses, a partir del 14 de febrero de 2024, y con el pago de la diferencia de sueldo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013.
- Notífiquese y pase a la División Contabilidad y Finanzas, a sus efectos.
Firmado por:
Hebert Paguas
Bárbara Dei Cas
