Resolución N° 12/016 - 13/04/2016 - CDH

Proponer el desarrollo de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios informáticos, conforme lo dispuesto por el artículo 36 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto Nº 150/012 de 11 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015.

Montevideo, 13 de abril de 2016

VISTO: lo dispuesto en el artículo 36 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto Nº 150/012 de 11 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015;

RESULTANDO:

I) que a través de tal disposición normativa se establece que todas las Administraciones Públicas Estatales podrán desarrollar y administrar un Convenio Marco;

II) que asimismo, se dispone que la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE) autorizará el desarrollo y administración de los Convenios Marco;

CONSIDERANDO: que AGESIC, en el marco de sus cometidos tales como recomendar normas y procedimientos uniformes relativos a la contratación administrativa de bienes y servicios informáticos o al desarrollo de los mismos, potenciando la sinergia entre Estado y empresas, considera conveniente desarrollar un Convenio Marco a tales efectos, así como su postulación como Unidad Administradora, conforme lo preceptúa la normativa vigente;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 307/007 de 27 de agosto de 2007, y demás normas modificativas, concordantes y complementarias;

EL CONSEJO DIRECTIVO HONORARIO DE AGESIC
RESUELVE:

1º. Proponer el desarrollo de Convenios Marco para la adquisición de bienes y servicios informáticos, conforme lo dispuesto por el artículo 36 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto Nº 150/012 de 11 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 27 de la Ley N° 19.355 de fecha 19 de diciembre de 2015.

2º. Postular a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) como Unidad Administradora de los referidos Convenios Marco.

3º. Remitir a la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE) a efectos de obtener su autorización.

4º. Comunicar, notificar, etc.

Firmantes:
Carina Pizzinat, José Clastornik

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