Resolución N° 30/012 - 15/08/2012 - CDH
Montevideo, 15 de agosto de 2012
VISTO: El proyecto de Convenio de Cooperación Técnica e Interinstitucional para el desarrollo del Programa Salud.uy, a suscribirse entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Salud Pública y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC);
RESULTANDO:
I) que dicho Convenio tiene por objeto establecer pautas, criterios y mecanismos de coordinación y colaboración entre las Instituciones mencionadas, a efectos de desarrollar el Programa Salud.uy;
II) que el objetivo de dicho Programa, consiste en fortalecer el Sistema Nacional Integrado de Salud, apoyando la conformación de la Red Asistencial a través del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), y mediante la creación de herramientas que contribuyan a mejorar el acceso de los ciudadanos a servicios de salud de calidad, en todo el país;
III) que asimismo, se pretende proyectar y poner en marcha los mecanismos, las acciones transversales y la infraestructura tecnológica necesaria, generando las condiciones para que los Prestadores de Salud puedan brindar sus servicios en forma integrada, complementaria y centrada en el usuario;
CONSIDERANDO:
I) que la celebración del referido Convenio, permitirá mejorar la accesibilidad de la población a prestaciones asistenciales de calidad, así como intensificar las acciones de prevención, mejorar la oportunidad de la atención y lograr diagnósticos y tratamientos precoces, utilizando las TIC;
II) que asimismo, entre los objetivos y metas establecidos en la Agenda Digital Uruguay 2011–2015, aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 405/011 de 23 de noviembre de 2011, se encuentra la creación de redes avanzadas para la salud e Historia Clínica Electrónica (HCE) integrada a nivel nacional;
III) que la conectividad de los servicios de salud y la información de las historias clínicas, reducen los costos y mejoran la calidad de la atención recibida por los usuarios;
IV) que en ese sentido, la suscripción del Convenio referido, constituye un importante aporte para que AGESIC desarrolle los cometidos sustantivos que le son propios de manera eficaz y eficiente; en particular, la mejora de los servicios al ciudadano, a través de las posibilidades que brindan las TIC;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL CONSEJO DIRECTIVO HONORARIO DE AGESIC
RESUELVE:
1°. Aprobar la suscripción del Convenio de Cooperación Técnica e Interinstitucional para el desarrollo del Programa Salud.uy, a suscribirse entre el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Salud Pública y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), cuyo texto se adjunta a la presente resolución y forma parte integrante de la misma.
2°. Comuníquese, publíquese, etc.
Firmantes:
José Clastornik, Ida Holz, Diego Pastorín, Víctor Villar