Resolución N° 35/010 - 12/06/2010 - CDH

Encomendar las gestiones necesarias para aumentar hasta 140 horas promedio mensuales de servicio de consultoría, suministradas en el marco del Convenio para la prestación de servicios tecnológicos para el funcionamiento operativo de AGESIC, suscripto con la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) con fecha 30 de diciembre de 2009, previstas en el capítulo segundo numeral trece de la “Propuesta Comercial Corporativa de Servicios Tecnológicos para el Funcionamiento Operativo de AGESIC”.

Montevideo, 16 de junio de 2010

VISTO: La necesidad de aumentar las horas de servicios de consultoría suministradas en el marco del Convenio para la prestación de servicios tecnológicos suscripto con la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL);

RESULTANDO:

I) Que AGESIC y ANTEL suscribieron el Convenio Marco de Colaboración Institucional con fecha 12 de febrero de 2008, para adecuar su relación a los nuevos cometidos asignados a AGESIC, incluyendo el marco de gestión vigente del Portal del Estado Uruguayo (PEU), el desarrollo de la Intranet del Estado y los restantes proyectos de Gobierno Electrónico;

II) Que en virtud de dicho Convenio Marco, ANTEL se comprometió entre otras cosas a proveer por sí o mediante sus empresas controladas los recursos, productos y servicios solicitados por AGESIC para los proyectos o servicios que ésta le encomiende;

III) Que para el cumplimiento de sus cometidos y proyectos en materia de Gobierno Electrónico, AGESIC suscribió un Convenio con ANTEL para la prestación de servicios tecnológicos para su funcionamiento operativo con fecha 30 de diciembre de 2009;

IV) Que en el capítulo segundo numeral trece de la “Propuesta Comercial Corporativa de Servicios Tecnológicos para el Funcionamiento Operativo de AGESIC” se prevé entre otros servicios, la prestación de servicios de consultoría en temas vinculados a la Sociedad de la Información y el Conocimiento, con un mínimo de 80 horas mensuales, en concordancia a las directivas comunicadas por AGESIC a ANTEL;

CONSIDERANDO:

I) Que ANTEL ha venido cumpliendo a satisfacción con los servicios de consultoría referidos;

II) Que la contratación de los servicios propuestos por ANTEL constituye un importante aporte para que AGESIC desarrolle los cometidos sustantivos que le son propios de manera eficaz y eficiente;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL CONSEJO DIRECTIVO HONORARIO DE AGESIC

RESUELVE:

1°. Encomendar las gestiones necesarias para aumentar hasta 140 horas promedio mensuales de servicio de consultoría, suministradas en el marco del Convenio para la prestación de servicios tecnológicos para el funcionamiento operativo de AGESIC, suscripto con la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) con fecha 30 de diciembre de 2009, previstas en el capítulo segundo numeral trece de la “Propuesta Comercial Corporativa de Servicios Tecnológicos para el Funcionamiento Operativo de AGESIC”.

Firmado por:
Ing. Jorge Abín, Prof. Ida Holz, Ing. Víctor Villar.

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