Congreso de Intendentes - AGESIC

Vigente

Quiénes participan

  • Congreso de Intendentes
  • AGESIC

Resumen

Acuerdo Específico de Cooperación Interinstitucional a los efectos de contribuir a la transformación digital en el Congreso de Intendentes y en las Intendencias Departamentales mediante la cooperación en servicios y generación de capacidades.

Descripción

Acuerdo Específico de Cooperación Interinstitucional para el desarrollo en Gobierno Digital entre el Congreso de Intendentes y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento

 

En la ciudad de Montevideo, a los 9 días del mes de diciembre del 2022 comparecen por una parte, el Congreso de Intendentes (en adelante “el Congreso o CI”), representado por el Ing. Guillermo López Méndez, en su calidad de Presidente, con domicilio en Avenida 18 de Julio 1360, piso 2 de esta ciudad; y por otra parte, la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante, “AGESIC”), representada en este acto por el Dr. Rodrigo Ferrés, Miembro Titular del Consejo Directivo Honorario de AGESIC, con domicilio en la calle Santiago de Liniers 1324, piso 4 (Torre Ejecutiva Sur) de esta ciudad, quienes acuerdan:

PRIMERO: Antecedentes.-

Con fecha 21 de febrero de 2019, el Congreso de Intendentes suscribió un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional con AGESIC, con el objetivo de establecer un ámbito de actuación conjunta en actividades de interés común para ambas instituciones, así como para los intereses superiores del Estado. En ese sentido, acordaron que las diversas áreas de colaboración, serían objeto de acuerdos específicos complementarios.

SEGUNDO: Objeto.-

El objeto del presente acuerdo consiste en contribuir a la transformación digital en el Congreso de Intendentes y en las Intendencias Departamentales mediante la cooperación en servicios y generación de capacidades.

TERCERO: Alcance.-

A través del señalado acuerdo específico se procura colaborar en las diferentes líneas de trabajo que se definan, a fin de dar continuidad y mejora a los servicios que las Intendencias Departamentales brindan a la ciudadanía, así como también contribuir a la transformación digital en el Congreso de Intendentes.

A tales efectos, AGESIC disponibilizará al Congreso de Intendentes y a las Intendencias Departamentales que así lo deseen, las siguientes soluciones tecnológicas, con sus correspondientes servicios para la puesta en marcha y funcionamiento:

  • Correo Electrónico Institucional.
  • Plataforma de Trámites y Servicios en Línea.
  • Catálogo de Trámites y Servicios en Línea.
  • Agenda Electrónica.
  • Plataforma de Gestión Administrativa Documental.
  • Plataforma de App de Gobierno.
  • Modelo de Atención a la Ciudadanía.
  • Portal Institucional.
  • Intranet.
  • Catálogo de Datos Abiertos.
  • Plataforma de Participación Ciudadana Digital.
  • Catálogo de Participación Ciudadana.
  • Sistema de Acceso a la Información Pública.
  • Servicios de Seguridad de la Información.

La implementación de las soluciones antes referidas podrá contemplar, según corresponda, la infraestructura requerida, los activos y su administración, el proceso de apoyo a la implantación, capacitación, acompañamiento en la adopción, así como el servicio de soporte.

Para la adopción de la solución tecnológica, así como para la prestación de los servicios correspondientes, el Congreso de Intendentes y cada Intendencia Departamental deberán suscribir con AGESIC acuerdos específicos donde se establecerán el alcance, los términos y condiciones y las obligaciones que asumirá cada una de las partes al respecto.

Los servicios comprometidos en este Acuerdo quedan sujetos a la disponibilidad de recursos de AGESIC.

CUARTO: Obligaciones específicas de las partes.-

Son obligaciones específicas de ambas partes:

a. Proporcionarse en forma oportuna, los datos y la información requerida durante la vigencia del presente acuerdo, cuando corresponda.

b. Cumplir con las demás obligaciones que se establezcan en cada documento que se suscriba, en relación con este acuerdo.

c. Disponer de los recursos humanos necesarios para la formación de un equipo como contraparte, que incluya personal técnico y funcional adecuado a las características del proyecto, así como los recursos materiales para su implementación.

Corresponde al Congreso de Intendentes:

  1. Difundir el presente acuerdo en las Intendencias Departamentales.
  2. Designar representantes para integrar el Comité Nacional de Gobierno Digital liderado por AGESIC.

Corresponde a AGESIC:

1. Apoyar al Congreso de Intendentes y a las Intendencias Departamentales que así lo deseen mediante la disponibilización de servicios y generación de capacidades.

2. Definir y coordinar el alance de los servicios de acuerdo a las necesidades relevadas.

3. Apoyar en la gestión del proyecto, relativo a los servicios brindados.

4. Asesorar por medio de los equipos de especialistas de AGESIC para la conformación de la Mesa de Ayuda, Plan de Capacitación y Plan de Comunicaciones.

QUINTO: Seguimiento.-

Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en este acuerdo, cada parte designará un referente que será considerado interlocutor válido hasta tanto se comunique su cambio o remoción, el que tendrá a su cargo los siguientes cometidos:

  1. Priorizar las actividades necesarias para llevar adelante todos los aspectos establecidos en el presente acuerdo.
  2. Proponer la asignación de los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de las acciones que se propician a través del presente.
  3. Evaluar el logro de los objetivos específicos previstos y proponer, en su caso, los correctivos necesarios.
  4. Informar periódicamente a sus respectivas autoridades en cuanto al nivel de avance de ejecución del acuerdo.
  5. Difundir y comunicar los resultados alcanzados.

SEXTO: No divulgación.-

Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, así como aquella a la que se accediera o se genere en el marco del presente acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.

Las obligaciones de no divulgación asumidas se mantendrán durante la vigencia del presente, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.

SÉPTIMO: Vigencia.-

El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, por el plazo de un año, renovándose automáticamente por plazos anuales, hasta tanto se manifieste lo contrario por cualquiera de las partes, con (30) treinta días de anticipación al vencimiento respectivo.

OCTAVO: Rescisión.-

Las Partes podrán rescindir el presente de común acuerdo, notificando dicha circunstancia con una antelación no inferior a los 60 (sesenta) días corridos, en la forma y por los medios previstos en la cláusula siguiente.

Esto no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución, debiéndose fijar en cada caso de qué manera se finalizarán las mismas. 

Asimismo, será motivo de rescisión unilateral de pleno derecho y sin necesidad de intimación alguna, el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en este acuerdo.

NOVENO: Domicilios y comunicaciones entre las partes.-

Las partes fijan como domicilios especiales a todos los efectos, los indicados respectivamente en la comparecencia, considerándose válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente legalmente admitido.

DÉCIMO: Otorgamiento.-

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

Por el Congreso de Intendentes

Ing. Guillermo López Méndez   

Presidente           

                                                                        

Por AGESIC

Dr. Rodrigo Ferrés                                                                         

Miembro Titular del Consejo Directivo Honorario

 

Objetivos

  • Contribuir a la transformación digital en el Congreso de Intendentes y en las Intendencias Departamentales mediante la cooperación en servicios y generación de capacidades.

Período

Fecha comienzo: 09/12/2022

Descargas