Ministerio de Educación y Cultura (MEC) - Archivo General de la Nación (AGN) - AGESIC

No Vigente

Resumen

Convenio Específico que tiene por objeto el asesoramiento y la colaboración por parte del Archivo General de la Nación a AGESIC en el diseño e implementación de un Programa de Gestión Documental, que coadyuve en la transparencia y en la necesaria rendición de cuentas que los Organismos del Estado deben realizar de sus actos de gobierno.

Descripción

CONVENIO ESPECÍFICO
ENTRE
EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA-ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN (MEC-AGN)
Y
LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTIÓN ELECTRÓNICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y DEL CONOCIMIENTO (AGESIC)

En la ciudad de Montevideo, a los 11 días del mes de julio del año dos mil catorce. POR UNA PARTE: El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) - Archivo General de la Nación (AGN) representado por el Ministro Dr. Ricardo Ehrlich y la Directora del AGN, Lic. Alicia Casas de Barrán, constituyendo domicilio en Reconquista 535 de la ciudad de Montevideo, y POR OTRA PARTE: la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC), representada en este acto por su Director Ejecutivo, Ing. José Clastornik, con domicilio en Liniers 1324 piso 4 (Torre Ejecutiva Sur) de la ciudad de Montevideo: ACUERDAN CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO que se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERO (Antecedentes)

Este Convenio Específico se inscribe en el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscripto entre el Ministerio de Educación y Cultura y la AGESIC con fecha 12 de septiembre de 2011, en el cual las partes se comprometen a “…establecer un ámbito de actuación conjunta en actividades de interés común para ambas instituciones, así como para los intereses superiores del Estado.” En ese sentido, acordaron que las diversas áreas de colaboración “…serán objeto de acuerdos específicos complementarios, en los que se determinarán las obligaciones que asumirán cada una de las partes al respecto.”

SEGUNDO (Objeto)

En el marco de lo dispuesto por la Ley 18.220 de 20 de diciembre de 2007, que crea el Sistema Nacional de Archivos (Art. 5), es cometido del Archivo General de la Nación, como órgano rector de las políticas archivísticas nacionales, prestar asesoramiento en materia de Gestión Documental y archivística a las instituciones que lo soliciten.
El asesoramiento brindado a AGESIC comprenderá la colaboración en el diseño e implementación de un Programa de Gestión Documental (PGD) que coadyuve en la transparencia y en la necesaria rendición de cuentas que los Organismos del Estado deben realizar de sus actos de gobierno.
El mismo incluirá: a) la elaboración del cuadro de clasificación de documentos de la Agencia y de las Unidades desconcentradas que se encuentran bajo su órbita (Unidad de Acceso a la Información Pública, Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales y la Unidad de Certificación Electrónica); b) el análisis de los documentos a incluir en el PGD con los referentes de cada área de la Organización; c) el asesoramiento para la conformación y trabajo de la Comisión de Evaluación Documental Institucional; d) la propuesta de calendario de conservación; e) propuesta de acondicionamiento de un local para Archivo Central de la institución; y f) instancias de sensibilización y capacitación para el personal.

TERCERO (Compromiso del AGN)

El AGN pondrá a disposición del referido programa el asesoramiento de dos profesionales archivólogos.

CUARTO (Compromiso de AGESIC)

Para este fin la AGESIC se compromete a designar una contraparte; suministrar los recursos humanos técnicos y administrativos necesarios durante el desarrollo del proyecto. Asimismo, proveerá al AGN de equipamiento informático por un valor de hasta U$S 5.000 (dólares estadounidenses cinco mil).

QUINTO (Actividades específicas)

Las partes acordarán las actividades específicas a desarrollar, la complementación de las tareas y estudios resultantes de este Convenio y de otras actividades que eventualmente puedan requerirse, a partir de la firma de Convenios complementarios.

SEXTO (Seguimiento)

Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en este Convenio Específico, cada parte designará un responsable o enlace frente a la otra, quien será considerado interlocutor válido hasta tanto se comunique su cambio o remoción.

SÉPTIMO (No divulgación)

Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generara en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.
Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008 de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.

OCTAVO (Vigencia)

El presente Convenio tendrá plazo de un año y entrará en vigencia a la fecha de su firma. La renovación del mismo será objeto de un nuevo acuerdo.

NOVENO (Rescisión)

La rescisión del presente Convenio podrá ser dispuesta por las autoridades de los organismos firmantes en forma conjunta o unilateralmente.
Esta rescisión no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución.

DÉCIMO (Solución de Controversias)

Toda diferencia que surja en lo concerniente a la interpretación, aplicación o ejecución del presente convenio, así como de todo otro documento que derive de la suscripción del mismo, se comunicará por cualquier medio fehaciente a la otra parte y se resolverá por la vía de la negociación directa.

DÉCIMO PRIMERO (Domicilios)

Las partes fijan como domicilios especiales a todos los efectos, los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia.

En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

Dr. Ricardo Ehrlich
Ministro
MEC

Lic. Alicia Casas de Barrán
Directora
AGN

Ing. José Clastornik
Director Ejecutivo
AGESIC

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