Poder Legislativo - AGESIC

Vigente

Quiénes participan

  • Cámara de Senadores
  • Cámara de Representantes
  • Comisión Administrativa
  • AGESIC

Resumen

Acuerdo General de Cooperación Interinstitucional. Tiene como objetivo identificar y acordar iniciativas que colaboren en el fortalecimiento de la transformación digital en el Poder Legislativo.

Descripción

Acuerdo General de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Legislativo y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento en Gobierno Digital

En la ciudad de Montevideo, a los 4 días del mes de febrero de 2021 comparecen, por una parte, la Cámara de Senadores, representada por la Esc. Beatriz Argimón en su calidad de Presidenta y el Sr. Pedro Gustavo Sánchez en calidad de Secretario Redactor, la Cámara de Representantes, representada por el Dr. Martín Lema en su calidad de Presidente y el Sr. Fernando Ripoll Falcone en calidad de Secretario Redactor, y la Comisión Administrativa del Poder Legislativo, representada por la Esc. Beatriz Argimón en calidad de Presidenta y el Sr. Fernando Perdomo en calidad de Secretario, todos con domicilio en Avenida de las Leyes sin número de esta ciudad (Palacio Legislativo); y por otra parte, la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante AGESIC), representada en este acto por el miembro titular del Consejo Directivo Honorario de AGESIC, Dr. Rodrigo Ferrés, y su Director Ejecutivo, Sr. Hebert Paguas, con domicilio en Santiago de Liniers 1324 piso 4 (Torre Ejecutiva Sur) de esta ciudad, quienes acuerdan:

PRIMERO: Antecedentes.-

1.- El Estado uruguayo propicia una cultura de responsabilidad, transparencia, integración, austeridad y mejor aprovechamiento de sus recursos, que incluye la coordinación y cohesión de los organismos que lo constituyen, resultando de especial importancia los recursos de información, la innovación y el uso de las tecnologías de la información (TIC).

Para abordar estos desafíos resulta necesario avanzar estratégicamente en:

a) la dimensión tecnológica, lo que requiere promover el mejor uso de las tecnologías, establecer una sintonía entre las necesidades de la organización y las TIC, y asegurar un óptimo manejo de los recursos vinculados a la tecnología en el ámbito estatal.

b) la dimensión de procesos, con el objeto de apoyar la transformación digital del Estado, establecer nuevos estándares para acceder a información, servicios estatales, integrar sistemas y procesos para actuar en red y presentarse de manera uniforme ante la sociedad.

c) la dimensión de ciudadanía digital, para fomentar la inclusión digital, la ubicuidad del gobierno mediante el uso de la tecnología, logrando una mayor cercanía con la población a través de múltiples canales de comunicación, para así generar una mayor equidad geográfica, demográfica y descentralización.

d) la dimensión normativa y regulatoria, para que a través de la efectiva instrumentación de marcos jurídicos y técnicos actualizados sea posible operar digitalmente con los niveles necesarios de certeza jurídica y confianza en las tecnologías.

e) la dimensión organizacional, hacer acompasar los procesos, procedimientos, responsabilidades y las capacidades internas de los organismos a la nueva realidad que implica los cambios promovidos, haciendo foco en fortalecer y gestionar los procesos de cambio de los funcionarios de los organismos públicos involucrados.

2.- Con el objetivo de articular de forma estratégica las diferentes intervenciones de Gobierno Digital en los organismos para lograr potenciar sus cometidos, AGESIC ha desarrollado un modelo metodológico, que permite un abordaje multidisciplinario de la gestión, con la participación de los responsables políticos, funcionales y territoriales del organismo.

3.- En base a dicho modelo, AGESIC trabajará en conjunto con el organismo en la identificación de iniciativas para fortalecer la transformación digital en el Poder Legislativo.

SEGUNDO: Objeto.-

El objeto del presente documento consiste en identificar y acordar entre AGESIC y el Poder Legislativo, iniciativas que colaboren en el fortalecimiento de la transformación digital en el Poder Legislativo, y sentar las bases para su ejecución, comprometiéndose ambos organismos a asignar los recursos necesarios en cada caso, según se determine, lo cual no generará erogación alguna.

En cumplimiento del objeto del presente Acuerdo, se  podrán celebrar acuerdos específicos pertinentes, requiriendo la colaboración y/o asistencia de ambas partes para el desarrollo de las iniciativas identificadas de conformidad a lo pactado.

TERCERO: Seguimiento.-

Las partes conformarán un Comité de Seguimiento del presente Acuerdo, responsable del cumplimiento de los objetivos acordados, así como de los acuerdos específicos, y proyectos requeridos para su implementación. El mismo estará integrado por representantes que serán designados por cada parte y tendrá los siguientes cometidos:

a) Priorizar y especificar los proyectos requeridos para el cumplimiento de los objetivos específicos definidos en el marco de este acuerdo.

b) Asignar los recursos necesarios para el correcto funcionamiento de los proyectos definidos.

c) Evaluar el logro de los objetivos específicos previstos en cada actividad, disponiendo en su caso, las acciones correctivas necesarias.

d) Difundir y comunicar los resultados y avances de los diferentes proyectos en forma oportuna, a fin de posibilitar su desarrollo efectivo.

El referido Comité de Seguimiento será el encargado de coordinar la implementación y ejecución del presente Acuerdo. Asimismo, deberá velar por el cumplimiento de sus objetivos, así como proponer soluciones a las autoridades en caso de controversia.

CUARTO: Obligaciones específicas de las partes.-

Son obligaciones específicas de ambas partes:

a. Proporcionarse en forma oportuna, los datos y la información requerida durante la vigencia del presente Acuerdo.

b. Cumplir con las demás obligaciones que se establezcan en cada documento que se suscriba, en relación con este Acuerdo.

c. Disponer de los recursos humanos necesarios para la formación de un equipo como contraparte, que incluya personal técnico y funcional adecuado a las características del Portafolio de programas y proyectos, así como los recursos materiales para su implementación.

 

Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en el presente, cada parte designará un responsable o enlace frente a la otra, el cual será considerado interlocutor válido hasta tanto se comunique su cambio o remoción.

QUINTO: No divulgación.-

Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generara en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.

Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.

SEXTO: Vigencia.-

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, por el plazo de dos (2) años, renovándose automáticamente por idéntico término, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula siguiente.

SÉPTIMO: Rescisión.-

Las partes podrán rescindir el presente Acuerdo en forma unilateral, notificando dicha circunstancia con una antelación no inferior a los 30 (treinta) días corridos, en la forma y por los medios previstos en la cláusula siguiente.

Esto no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución, debiéndose fijar en cada caso en qué fase se detendrán las mismas.

OCTAVO: Domicilios y comunicaciones entre las partes.-

A todos los efectos a que diere lugar este Acuerdo, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia, considerándose válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente legalmente admitido.

NOVENO: Normativa aplicable.-

El presente Acuerdo se efectúa al amparo de lo preceptuado por el Artículo 33 Literal D) Numeral 1 del T.O.C.A.F., que habilita la contratación directa entre Organismos o dependencias del Estado.

DÉCIMO: Otorgamiento.-

En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

 

Por Poder Legislativo                                                                    

Esc. Beatriz Argimón                                      

Presidenta Cámara de Senadores                                      

y de la Comisión Administrativa

 

Dr. Martín Lema                                                                                              

Presidente Cámara de Representantes                                 

 

Sr. Pedro Gustavo Sánchez                                   

Secretario Red. Cámara de Senadores              

 

Sr. Fernando Ripoll Falcone

Secretario Red. Cámara de Representantes

         

Sr. Fernando Perdomo                               

Secretario Comisión Administrativa       

 

Por AGESIC

Dr. Rodrigo Ferrés

Miembro titular del CDH

 

Sr. Hebert Paguas

Director Ejecutivo      

Objetivos

  • Identificar y acordar iniciativas que colaboren en el fortalecimiento de la transformación digital en el Poder Legislativo.

Período

Fecha de inicio: 04/02/2021

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