Universidad Católica del Uruguay - AGESIC

No Vigente

Resumen

Convenio de colaboración técnica. Tiene como objetivo el desarrollo de actividades de enseñanza e investigación de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Católica del Uruguay, a través de su Maestría en Estudios Organizacionales con Especialización en Cambio Organizacional, en cooperación con AGESIC.

Descripción

CONVENIO UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL URUGUAY – AGESIC
SOBRE DESARROLLO DE SIMULACIONES DE ASISTENCIA TÉCNICA Y PASANTÍAS

En la ciudad de Montevideo, a los seis días de del mes de agosto del año dos mil dieciocho, entre, por una parte: la Universidad Católica del Uruguay, a través de la Facultad de Ciencias Humanas, representada por su Decano, Dr. Marcos Sarasola, con domicilio en Avda. 8 de Octubre 2738 y por otra AGESIC, representado por su Director Ejecutivo, Ing. José Clastornik, con domicilio en Liniers 1324, acuerdan celebrar el siguiente convenio de colaboración técnica.

PRIMERO: (Antecedentes)

La Universidad Católica del Uruguay y la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información (AGESIC) reconocen la importancia de desarrollar conocimiento a través de actividades conjuntas de investigación, enseñanza, asesoramiento. Con ese objetivo, las partes tienen interés en explorar programas y proyectos de cooperación.

SEGUNDO: (Objetivo general)

La Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Católica del Uruguay, a través de su Maestría en Estudios Organizacionales con Especialización en Cambio Organizacional y Especialización en Comunicación Organizacional, desarrollará actividades de enseñanza e investigación en cooperación con AGESIC.

TERCERO: (Simulaciones de asistencia técnica)

En el desarrollo de las actividades referidas en este convenio, la Universidad Católica del Uruguay podrá brindar tareas de apoyo a AGESIC en base a simulaciones de asistencia técnica por parte de alumnos provenientes del programa de Maestría en Estudios Organizacionales. Estas simulaciones arrojarán como resultado información y análisis de utilidad para AGESIC que podrá ser usada para mejorar su gestión y en caso que existe anuencia de las partes, difusión en su Centro de Conocimiento. Las simulaciones de asistencia técnica establecidas por este convenio son gratuitas.
Los resultados y conclusiones que se deriven de las simulaciones de asistencia técnicas antes mencionadas, deberán ser compartidos con AGESIC.

CUARTO: (Plazo del convenio marco entre las partes)

El presente convenio tendrá una duración inicial de dos años renovable automáticamente por períodos anuales consecutivos, salvo que cualquiera de las partes comunique a la otra su voluntad contraria a la referida renovación con una antelación de por lo menos 60 días a la fecha de finalización correspondiente, en cuyo caso, el convenio se extinguirá automáticamente, sin necesidad de gestión extrajudicial o judicial adicional alguna.

QUINTO: (Coordinación)

A los efectos de centralizar, promover, programar y supervisar las actividades que deriven de la aplicación del presente convenio, las partes acuerdan la creación de una Unidad de Coordinación, que estará integrada por un miembro a ser designado por cada una de las partes. La designación de los integrantes de esta Unidad de Coordinación deberá realizarse dentro de los diez días hábiles posteriores a la firma de este acuerdo.

SEXTO: (Funciones de la Unidad de Coordinación)

La Unidad de Coordinación tendrá las siguientes funciones: 1. Analizar los planes de trabajo y proponer el programa de actividades; 2. Estudiar y seleccionar las iniciativas y proyectos encuadrados en este Convenio; 3. Determinar el perfil profesional y técnico necesario para su ejecución; 5. Elevar a las partes, finalizado los proyectos conjuntos, los informes sobre las actividades desarrolladas y resultados obtenidos; 6. Efectuar el seguimiento, control y evaluación del programa de actividades

SÉPTIMO: (Normativa de simulaciones de asistencia técnica y pasantías)

Estas simulaciones de asistencia técnica tendrán como marco de funcionamiento, además de lo previsto en el presente convenio, las disposiciones legales en la materia, así como las normas reglamentarias vigentes de la Universidad Católica del Uruguay.

OCTAVO: (Futuras colaboraciones)

Además en futuras instancias, las partes podrán solicitarse y ofrecerse mutuamente, la colaboración necesaria para implementar actividades conjuntas y tareas de colaboración técnica en la ejecución de proyectos emprendidos por AGESIC. Entre otras, el apoyo a AGESIC en base a pasantías por parte de alumnos provenientes de las carreras universitarias de grado de la Facultad de Ciencias Humanas. El desarrollo de estas pasantías y su desempeño no generará derecho alguno al estudiante respecto a remuneración ni permanencia de ningún tipo con AGESIC. Para éstas u otras colaboraciones se definirán las condiciones específicas.

NOVENO: (Comunicación, publicación y difusión)

Toda comunicación, publicación o difusión por cualquier medio, referida a los programas de acción conjunta realizada en el marco del presente convenio, deberá mencionar expresamente al mismo y a las partes intervinientes.

DÉCIMO: (confidencialidad y divulgación)

En el marco del presente convenio, las partes se obligan a mantener la confidencialidad y no divulgar la información relacionada con el objeto del mismo, que sea catalogada como información confidencial, secreta o reservada. Los datos aportados serán utilizados pura y exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos de colaboración derivados del presente convenio. La Universidad Católica del Uruguay queda desde ya autorizada para utilizar tal información, bajo el formato de datos agregados, con fines académicos.

DECIMOPRIMERO: (Validez de las comunicaciones)

Las notificaciones entre las partes podrán ser realizadas por telegrama colacionado, fax, correo electrónico, u otro medio idóneo admitido legalmente que permita acreditar fehacientemente el día, hora y contenido de la comunicación.
Para constancia se firman dos ejemplares del mismo tenor.

 

Por Universidad Católica del Uruguay
Dr. Marcos Sarasola
Decano Facultad de Ciencias Humanas

Por AGESIC
Ing. José Clastornik
Director Ejecutivo

 

Período

Fecha de inicio: 29/03/2024