Universidad de la República (UDELAR) - AGESIC
No Vigente
Resumen
Convenio Específico. Tiene como objetivo el apoyo de UDELAR en las tareas que AGESIC estime necesarias en el marco del Proyecto de Expediente Electrónico para el Estado.
Descripción
Convenio Específico. Tiene como objetivo el apoyo de UDELAR en las tareas que AGESIC estime necesarias en el marco del Proyecto de Expediente Electrónico para el Estado.
CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA (UdelaR) y LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTIÓN ELECTRÓNICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y EL CONOCIMIENTO (AGESIC)
PARTICIPACIÓN EN EL PROYECTO DE EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DEL ESTADO
CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los siete días del mes de julio de 2009,
POR UNA PARTE: la Universidad de la República representada por el Rector Dr. Rodrigo Arocena, constituyendo domicilio en 18 de julio 1824 1° piso de la ciudad de Montevideo,
POR OTRA PARTE: la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y el Conocimiento (AGESIC), representada por el Ing. José Clastornik, constituyendo domicilio la calle Andes 1365, 7º piso de la ciudad de Montevideo,
ACUERDAN CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO ESPECÍFICO que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERO (Antecedentes):
Este convenio específico se inscribe en el Convenio Marco de Cooperación Científica y Técnica entre la Universidad de la República y la AGESIC, en el cual las partes contratantes se comprometen ...”a elaborar y ejecutar de común acuerdo acciones de cooperación en áreas y programas de interés de ambas partes” y que …”serán objeto de acuerdos complementarios o de ejecución entre ambas partes”.
SEGUNDO (Objeto):
El presente convenio tiene como objeto el apoyo de la UdelaR en las tareas que la AGESIC estime necesarias en el marco del Proyecto de Expediente Electrónico para el Estado.
TERCERO:
Las actividades a desarrollar estarán a cargo de los técnicos que defina el Servicio Central de Informática de la Universidad de la República (SeCIU).
CUARTO:
Ambas partes designarán contrapartes responsables para este convenio.
QUINTO:
La AGESIC se compromete a transferir a la Universidad de la República la suma de U$S 5.760 (cinco mil setecientos sesenta dólares) correspondiente a una dedicación de 6 horas semanales durante 8 meses.
SEXTO:
Las partes podrán acordar la realización de una profundización y complementación de los estudios resultantes de este Acuerdo y otras actividades que eventualmente puedan requerirse, a partir de la firma de Convenios complementarios.
SEPTIMO:
El presente Convenio tendrá plazo de 1 año y entrará en vigencia a la fecha de su firma.
En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
Dr. Rodrigo Arocena Ingeniero José Clastornik
Rector Director Ejecutivo
Universidad de la República AGESIC
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