Resolución N° 1341/2024

Resoluciones

I) ANTECEDENTES:

1. El 1 de agosto de 2023, el Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (en adelante: “INDDHH”) resolvió iniciar una investigación de oficio ante la presunta vulneración del derecho a la libertad de prensa de los trabajadores de TV Ciudad. Esta investigación tramitada en el expediente N.° 2023-1-38-0000621 se inició a partir del comunicado emitido por el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAINFO) de 24 de julio de 2023 .

2. Conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley N.° 18.446, el 24 de agosto 2023 se libró el oficio DEN 0280/2023 a la Intendencia de Montevideo (en adelante: “IM”), solicitando información sobre la posible apertura de una investigación respecto de los hechos denunciados y, en su caso, las medidas adoptadas. A su vez, se requirió cualquier otra información relevante para el esclarecimiento de los hechos.

 

3. El 19 de septiembre 2023, la IM respondió que la Unidad “TV Ciudad” está  actualmente bajo la dirección del Departamento de Cultura (R.19.37 del Digesto Departamental de Montevideo[1]). Informaron que en los últimos meses se han creado espacios de trabajo con representantes de los trabajadores y las trabajadoras del canal, tanto a solicitud de estos como por convocatoria de las autoridades de la Intendencia.

 

4. La IM también informó que uno de los resultados de estas reuniones fue la creación de un consejo consultivo a solicitud del personal del canal. Este consejo a ser integrado por trabajadores y trabajadoras, integrantes de equipos de dirección y otros participantes, como por ejemplo representantes del sector académico, tiene como objetivo discutir e intercambiar ideas vinculadas al rol de la televisión pública, entre otros.

 

5. Asimismo, la IM manifestó que en las instancias de intercambio entre los funcionarios y las funcionarias del canal con las direcciones de los Departamentos de Cultura y Gestión Humana, no se presentaron denuncias de problemas o violencia que ameritaran la apertura de algún procedimiento. Sin embargo, se recordó a los trabajadores que pueden presentar planteos y denuncias ante la Dirección de Cultura, la Dirección de Gestión Humana o la Secretaría de Bienestar Laboral e Igualdad de Género de la IM.

 

6. Además, la IM señaló que se está impulsando la capacitación en género. En ese sentido, estimaban que al finalizar el 2023, la totalidad del personal del canal habría tomado un curso de sensibilización en género dictado por el Centro de Formación de la División Gestión y Desarrollo de Personas. Asimismo, informaron que se estaban evaluando otros cursos de formación y actualización de competencias para mejorar la comunicación interpersonal.

 

7. La IM informó sobre una investigación administrativa instruida por la Unidad de Sumarios de la División Asesoría Jurídica en 2021, dispuesta por resolución N.° 444/21/5000 de 2 de agosto de 2021 y su modificativa N.° 538/21/5000 de 20 de agosto de 2021. Dicha investigación fue concluida sin atribución de responsabilidad administrativa mediante la resolución N.° 188/21/5400 de 29 de septiembre de 2021, la cual se encuentra disponible en el portal institucional[2].

 

8. La respuesta de la IM incluyó un informe de la empresa Kantar IBOPE Media, especializada en medición de audiencia de televisión. Este informe analizó la participación de las personas entrevistadas en los distintos programas de TV Ciudad. Señalaba la participación de las distintas personas entrevistadas y los minutos asignados para ello en cada entrevista, con detalle de la fecha de emisión, nombre del programa, nombre y apellido de la persona entrevistada, referencia (función cargo o similar) y duración de la nota. De su análisis, la IM descarta un posible sesgo en las invitaciones.

 

9. Por último, la IM hizo referencia al 9º. Informe “Periodismo y Libertad de Expresión en Uruguay” de CAINFO, el cual presentó hallazgos del monitoreo realizado entre el 1 de abril de 2022 y el 31 de marzo de 2023. Según este informe, se registraron casos de  “Discurso estigmatizante” contra trabajadores de TV Ciudad, relacionados con declaraciones de integrantes del Poder Ejecutivo, Senado y la Fiscalía General de la Nación, además de un caso bajo el indicador de alerta de género.

 

10. El 10 de octubre 2023, luego de analizar la respuesta de la IM, la INDDHH decidió programar una entrevista con autoridades de CAINFO y TV Ciudad.

 

11. El 15 de noviembre 2023, se celebró una reunión con autoridades de TV Ciudad, incluyendo a la directora general y el coordinador general. Informaron que se realizaron tres reuniones bipartitas sobre los temas de relacionamiento, el rol de los medios públicos y una última sobre los contratos. En la reunión sobre relacionamiento, se indicó que no se presentaron denuncias concretas por los funcionarios sino que se refirieron a una “sensación” generalizada de malestar. En dicha reunión, participaron la Dirección de Cultura y Gestión Humana de la IM, funcionarios de TV Ciudad y 10 representantes sindicales. TV Ciudad cuenta con dos sindicatos: ADEOM que representa a los funcionarios municipales, y APU, que representa a los funcionarios contratados. En esta instancia, también se llevó a cabo una encuesta anónima para todos los funcionarios de TV Ciudad, seguida por la Comisión de Seguridad Laboral, con el objetivo de recabar más información y brindar la posibilidad de presentar denuncias.

 

12. Durante la reunión, la INDDHH solicitó el contacto de dos funcionarios (uno del Departamento de Cultura y otro de Gestión Humana) para acceder a las actas de las referidas reuniones bipartitas. Sin embargo, el 17 de noviembre de 2023, se informó por correo electrónico que no se tomaron actas y que no existe registro de lo tratado en dichas reuniones.

 

13. Ante la falta de documentación, la INDDHH solicitó por correo electrónico una reunión con los delegados sindicales responsables.

 

14. El 22 de noviembre de 2023, el Consejo Directivo de la INDDHH resolvió realizar un último pedido de reunión a CAINFO y ADEOM, solicitando una nueva reunión el 23 de noviembre.

 

15. El 6 de diciembre 2023, se mantuvo una reunión con autoridades de CAINFO, quienes indicaron que su comunicado de 24 de julio de 2023, obedecía a la información disponible en ese momento, sin haber recibido información adicional posteriormente.  

 

16. En mayo de 2024, varios medios de prensa difundieron las opiniones de una comunicadora de TV Ciudad, hechas en un ciclo cultural organizado por el Semanario Búsqueda[3]. Consultada por la INDDHH, la comunicadora señaló que no tenía más información que agregar, pero sugirió contactar al sindicato de trabajadores de TV Ciudad para profundizar en el tema.

 

17. En junio y julio de 2024, la INDDHH intentó, en repetidas ocasiones, concretar una reunión con representantes de ADEOM, sin obtener respuesta hasta la fecha.

 

II) CONSIDERACIONES DE LA INDDHH

 

1. Las presentes actuaciones se inscriben en el marco de las competencias establecidas por el literal J) art. 4, artículos 5, 20 y 32 de la Ley N.° 18.446, en tal sentido, corresponde desarrollar una opinión razonada y fundamentada por parte de esta Institución.

 

2. El deber de colaboración establecido en el art. 21 de la Ley N.° 18.446 impone a los organismos denunciados la obligación de brindar información, sustantiva, completa y oportuna, que facilite el esclarecimiento de los hechos denunciados.

 

3. El objeto de la investigación realizada por esta Institución consistió en determinar si hubo o no vulneración del derecho a la libertad de prensa de los trabajadores de TV Ciudad.

 

4. Luego de analizada la información recabada, no se encontraron elementos que permitan concluir que existió vulneración de derechos.

 

5. No obstante, la falta de actas de las reuniones bipartitas entre autoridades, funcionarios y representantes sindicales, dificulta la verificación del alcance y contenido de lo tratado en dichas reuniones.

 

6. Además, la falta de respuesta por parte de los representantes sindicales de TV Ciudad impide continuar con la investigación, en tanto no surgen elementos que corroboren o refuten lo denunciado por CAINFO o lo señalado en el informe “Periodismo y libertad de expresión en Uruguay”.

 

Por todo lo anteriormente expuesto, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DEFENSORÍA DEL PUEBLO RESUELVE:

  1. Reconocer la colaboración de la Intendencia de Montevideo conforme a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley N.° 18.446.
  2. No constatar la vulneración de derechos de los trabajadores de TV Ciudad conforme a los elementos de prueba recabados hasta el momento.
  3. Encomendar al área de Defensoría del Pueblo de la INDDHH el seguimiento de la situación, con el fin de reanudar la investigación de oficio si surgieran hechos nuevos, conforme a los mecanismos previstos en la Ley N.° 18.446 y el reglamento interno de la INDDHH.
  4. Notificar a las partes involucradas.
  5. Cumplida la notificación, disponer el archivo de las presentes actuaciones.

 

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