Ayudas extraordinarias (AYEX)

7 de Febrero, 2024

Ayudas extraordinarias (AYEX) busca: a) contribuir a solventar el costo de la concurrencia a Escuelas e Institutos Habilitados por ANEP, Institutos de Rehabilitación que realicen integración o Instituciones Recreativas o Deportivas, que sean proveedores de tratamientos y actividades que propendan a la rehabilitación, sean estas públicas o privadas; y b) contribuir a solventar el costo del traslado de los beneficiarios o acompañantes hacia y desde las Escuelas, Institutos e Instituciones proveedoras de actividades para la rehabilitación, incluidas las normales de enseñanza preescolar, primaria, secundaria y terciaria.

Organismo Responsable

Banco de Previsión Social

Unidad Ejecutora

Dirección Técnica de Prestaciones - Prestaciones Económicas

Área / Subárea de política

Seguridad social

Año de Creación

1950

Objetivo general

Favorecer la inserción social-educativa-cultural y rehabilitación de personas con discapacidad.

Objetivos específicos

  • Propiciar el desarrollo del potencial bio-psico-social, laboral y educacional del beneficiario; reestablecer o restaurar las habilidades, compensar funciones perdidas, obtener el máximo nivel de autonomía y una mejor calidad de vida, contemplando su capacidad y aspiraciones.

¿A quién está dirigido?

  • Hijos o menores a cargo de trabajadores de la actividad privada, atributarios del BPS (Ley Nº 15.084 art. 2 y 5 ), perciban o no Asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión por invalidez, Pensión para hijos de victimas fallecidas por violencia doméstica (Ley Nº 18.850) y Pensión para hijos de víctimas de delitos violentos (Ley Nº 19.039 literales C y D).
  • Pacientes de la Unidad de Atención Ambulatoria, CRENADECER.
  • Hijos o menores a cargo de funcionarios de BPS.
  • Niños/as y adolescentes que se encuentren dentro del Sistema de Protección de 24 horas de INAU, en Centros de Residencia y Acogimiento Familiar. Acceden, únicamente, a instituto.
  • Hijos de funcionarios del sector público por Ley Nº 19.924.

Actividades / Servicios / Prestaciones del programa

  • Instituto: para la cuota mensual de institutos de rehabilitación privados, habilitados por BPS.
  • Transporte: para el traslado del beneficiario efectuado por transportistas autorizados por BPS. Esta contribución también alcanza a aquellos que concurran a escuelas o institutos normales, tanto públicos como privados, sean estos preescolares, escolares o liceales.
  • Boletos: para los boletos del acompañante del beneficiario.

Departamentos en los que opera el programa

Artigas, Canelones, Cerro Largo, Colonia, Durazno, Flores, Florida, Lavalleja, Maldonado, Montevideo, Paysandú, Río Negro, Rivera, Rocha, Salto, San José, Soriano, Tacuarembó, Treinta y Tres