Artículo 9 - Ante nueva presencia de plagas del Maíz en Uruguay
DGSA informará por escrito a GACC de cualquier nueva presencia de plagas de maíz en el territorio de la República Oriental del Uruguay, y las medidas efectivas tomadas por DGSA en forma oportuna.
GACC evaluará el riesgo y revisará este Protocolo en base a la situación de presencia de plagas e intercepciones en el maíz de Uruguay.