Adecuación de la prescripción de psicofármacos – Decreto N.º 66/026

El presente comunicado tiene por finalidad recordar y precisar los criterios aplicables a la prescripción de psicofármacos sometidos a control, conforme a lo dispuesto en el Decreto N.º 66/026, a efectos de favorecer una correcta dispensación, asegurar la continuidad de los tratamientos y fortalecer la trazabilidad de las prescripciones.

En este marco, el Ministerio de Salud Pública recuerda que la receta oficial constituye el único instrumento válido para la prescripción y dispensación de psicofármacos sometidos a control especial. 

Asimismo, considerando los nuevos esquemas de tratamiento, resulta imprescindible que la prescripción permita una correcta dispensación mensual y asegure la adecuada trazabilidad del tratamiento. 

En este sentido, toda receta deberá consignar en forma clara, completa e inequívoca:

  • Fecha de emisión
  • Nombre y apellido del paciente y documento de identidad
  • Fármaco prescripto por su denominación genérica, indicando concentración, forma farmacéutica y vía de administración
  • Dosis diaria (posología)
  • Intervalo interdosis
  • Duración total del tratamiento
  • Especialidad del profesional prescriptor 

Ejemplo práctico: 

Fecha: 16/04/2026

Juan Pérez – CI: 1.234.567-8

Rp/

Sertralina 50 mg comprimidos

Vía oral

1 comprimido cada 24 horas

Duración del tratamiento: 180 días

Dr./a. Xxxxx Xxxxx 

Médico de Familia

Importante: 

La receta debe permitir determinar inequívocamente la cantidad total a dispensar en el marco del tratamiento indicado.

La omisión de datos esenciales, en particular la duración del tratamiento impedirá la correcta interpretación de la prescripción, debiendo la dispensación ajustarse a criterios de tratamiento agudo, lo que puede derivar en la interrupción de tratamientos crónicos y la necesidad de una nueva consulta médica.

Se exhorta a los profesionales prescriptores a extremar los cuidados en la confección de las recetas, a fin de garantizar la continuidad de los tratamientos, la seguridad del paciente y el cumplimiento de la normativa vigente.

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