Comunicado

Cosméticos libre de Gluten

Requisitos a cumplir para el registro de productos cosméticos ante el Ministerio de Salud Pública, que tengan en su rotulado las siguientes leyendas: "libre de gluten", "sin tacc" o similares.
  1. La empresa importadora deberá presentar: 

Habilitación en origen de la empresa como elaboradora de productos libre de gluten, emitida por autoridad sanitaria. 

  1. Si la empresa importadora no cuenta con el documento anterior, deberá presentar: 

Procedimientos que describa las acciones que son llevadas a cabo por la empresa elaboradora para asegurar que los productos son libres de gluten incluyendo la recepción de materias primas, elaboración, limpieza y validación de la misma en las distintas áreas y equipos asegurando que no exista contaminación cruzada. 

Plan de relización de analisis de gliadina de origen que asegure que el producto final es libre de gluten.  Si el plan de origen se considera insuficiente se podrá exigir como complemento un plan de realización de análisis de gliadina del producto realizado en un laboratorio nacional, indicando método y limite de detección del mismo. 

Se deberá presentar a efectos de registro los resultados de análisis obtenidos, los que deberán estar a disposición del msp en la empresa de acuerdo al plan propuesto. 

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