Ordenanza N° 1.119/018 Diagnóstico y tratamiento oportunos de sífilis y de VIH en el embarazo, parto o lactancia

Todos los prestadores integrales de salud deben implementar las acciones necesarias para garantizar el diagnóstico y tratamiento oportunos de sífilis y de VIH durante el embarazo, el parto o la lactancia, así como en el proceso de planificación de embarazo, para lo que se establecen las siguientes acciones, complementarias a las ya establecidas en relación a la mujer embarazada.

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