Ordenanza N° 1.162/024 Autorización para práctica de terapia personalizada con bacteriófagos
La autorización de la práctica de fagoterapia es para el tratamiento y prevención de infecciones causadas por bacterias multirresistentes a los antibióticos realizada por la organización KINZBIO, cuyos términos se adjuntan como ANEXO y forman parte integral de la presente Ordenanza.
Visto: la situación epidemiológica a nivel mundial y nacional respecto a infecciones causadas por bacterias multirresistentes a los antibióticos, la necesidad de contar con nuevas herramientas para su control y la aplicación en el país de terapias personalizadas con bacteriófagos;
Resultando:
- que la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias, en su informe ISE 2022/006, ha emitido una recomendación favorable al respecto de la seguridad de la práctica de terapia personalizada con bacteriófagos y que, en base a una exhaustiva revisión de la evidencia científica y casuística a nivel internacional, se observa que la mencionada práctica representa beneficios sustantivos para los pacientes;
- que la aprobación de dicha práctica significa un avance regulatorio fundamental para la implementación a mayor escala de la fagoterapia en Uruguay y en la región, la cual representa una alternativa terapéutica de inmenso potencial para combatir un problema sanitario local y global como la resistencia a los antibióticos;
- Ique a través de la organización KINZBIO se ha aplicado dicha tecnología basada en bacteriófagos para el tratamiento exitoso de pacientes afectados por graves infecciones bacterianas multirresistentes a los antibióticos en nuestro país;
- que la empresa Kinzbio es la primera en lograr tratamientos exitosos basados en fagos en Uruguay y la región Latinoamericana;CONSIDERANDO: que la Dirección General de la Salud informa favorablemente al respecto;
Atento: a lo precedentemente expuesto;
La Ministra de Salud Pública resuelve:
- Autorízase la práctica de terapia personalizada con bacteriófagos (fagoterapia) para el tratamiento y prevención de infecciones causadas por bacterias multirresistentes a los antibióticos realizada por la organización KINZBIO, cuyos términos se adjuntan como ANEXO y forman parte integral de la presente Ordenanza.
- Dispónese que los pacientes deberán suscribir el consentimiento informado para esta técnica y los médicos tratantes serán los responsables de solicitar el mencionado tratamiento;
- Comuniqúese a la organización KINZBIO. Pase a la Dirección General de la Salud para su conocimiento.
- Publíquese en la página web institucional. Cumplido archívese.
Firma: Dra. Karina Rando
Ministra de Salud Pública