Ordenanza N° 2.802/023 Sobre equipo de hemodiálisis y manual de declaración y registro

Por Ordenanza Ministerial N° 2794, de 21 de diciembre de 2023, se excluye el equipo médico denominado “equipo de hemodiálisis” de la lista de equipos de alto porte que requieren autorización de incorporación.

Sustitúyese el numeral 3o) de la Ordenanza Ministerial N° 2794, de 21 de diciembre de 2023, el que quedará redactado de la siguiente manera: “3o) Todos los prestadores de servicios de salud que cuenten con equipos de hemodiálisis deben completar al final del año civil (31 de diciembre), una declaración obligatoria; la misma debe completarse a través del enlace, siguiendo las instrucciones del Manual de Usuario que se anexa y forma parte de la presente ordenanza. Las Direcciones Técnicas de las instituciones de salud tanto públicas como privadas serán responsables de asegurar el cumplimiento de dicha medida. 

Mantiénese el resto de la ordenanza firme en todos sus términos, salvo las modificaciones introducidas en la presente resolución.

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