Ordenanza N° 384/017 Atención Autoeliminación

El Ministro de Salud Pùblica resuelve: Dispònese que la atención y seguimiento a las personas con Intento de Auto Eliminación, para asegurar la accesibilidad a la atención en salud mental y la continuidad asistencial, se realizará mediante el Protocolo de atención y seguimiento a las personas con Intento de Autoeliminación, que figura en el Adjunto y forma parte integral de la presente Ordenanza.

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