Ordenanza N° 897/020 Información para viajeros que ingresen a Uruguay

Toda persona que pretenda ingresar al país, en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 195/020 de 15 de julio de 2020, y no acredite el resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 realizado no más de 72 (setenta y dos) horas antes del inicio del viaje, estará obligado a realizarse el análisis, en los dispositivos móviles de testeo (PCR-RT) instalados en los puntos de entrada al país, a su costo.

Se adjunta Ordenanza.

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