Ordenanza N° 947/022 Comisión Nacional para la reducción de morbimortalidad de causa obstétrica

Readecúense los objetivos e integración de la COMISIÓN NACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DE LA MORBIMORTALIDAD DE CAUSA OBSTÉTRICA, la que seguirá siendo de carácter técnico consultivo como hasta ahora, con los siguientes objetivos específicos.
  • Recepción y análisis de los registros de mortalidad y morbilidad materna severa que elabore esta Secretaría de Estado.
  • Colaborar en la redacción de los informes epidemiológicos que realice la Secretaría de Estado respecto a Morbimortalidad materna.
  • Proponer y colaborar con el Ministerio de Salud Pública en el desarrollo de sistemas de información que mejoren el registro de la mortalidad y morbilidad obstétrica.
  • Analizar, caso a caso, las muertes maternas, realizando las recomendaciones de tipo sanitario que juzgue pertinente, tanto a los Prestadores de Salud como a las dependencias del MSP con competencias en la materia, así como a otros organismos u organizaciones de forma directa. Dichas recomendaciones surgirán del consenso de la comisión y serán elevados a Dirección General de la Salud, para él envió desde la misma a los distintos destinatarios.
  • Realizar recomendaciones sanitarias, dirigidas a los equipos de salud, para la toma de decisiones y el desarrollo de intervenciones oportunas.
  • Colaborar en el desarrollo de protocolos de actuación, guías de práctica clínica, herramientas de registro y capacitaciones que se realicen, por parte del Ministerio de Salud Pública u otras organizaciones relacionadas al tema.
  • Colaborar y coordinar con las Áreas programáticas del Ministerio de Salud Pública acciones tendientes a mejorar la asistencia perinatal a nivel nacional.
  • Realizar un informe técnico anual dirigido a la Dirección General de la Salud.

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