Ajuste Julio 2014

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 15 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: “Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones”,  Subgrupo 07 “Casas Centrales de Redes de Pago y Cobranzas”integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo:  Dres. Nelson Diaz y Viviana Dell'Acqua;Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglio y Dr. Leonardo Slinger Delegados de los Trabajadores: Sres. Pedro Steffano y Elbio Monegal.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 11 de Noviembre de 2013.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido acuerdo, los salarios mínimos se actualizan por categoría de acuerdo a lo siguiente:

Categorías I y II.  Aumento 12,36%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 3%.

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

Categorías de la III a la V. Aumento 11,27%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento  2%.

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

A) Salarios por encima de los mínimos hasta $ 19.634. Aumento 11,27%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de recuperación y/o crecimiento 2%.

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

B) Salarios por encima de $ 19.635 hasta $ 30.542 Aumento 10,18%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 1%.

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

C) Salarios por encima de $30.543 y hasta $ 61.085. Aumento 9,63%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 0,5%.

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

D) Salarios por encima de $ 61.086 y hasta $ 109.080. Aumento 9,36%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 0,25%.

3,89 Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

E) Salarios por encima de $ 109.081. Aumento 9,08%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2014 y el 30 de Junio de 2015 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

3,89% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

De acuerdo con la clausula quinta del convenio mencionado las presentes franjas se ajustaron por el IPC anual al mes de junio 2014, que asciende a 9,08%.

TERCERO: De acuerdo a la clausula anterior los mínimos vigentes a parir del 1ero de julio de 2014 son los siguientes:

a.CATEGORÍA I:  Salario mínimo nominal $ 13.483

Auxiliar de servicios

Vigilante

Cadete

Secretaria, telefonista, recepcionista

Operador telefónico

Auxiliar III

Auxiliar controlador

Digitador

b.CATEGORÍA II: Salario mínimo nominal $ 16.405

Auxiliar II

Secretaria ejecutiva

Técnico

c.CATEGORÍA III: Salario mínimo nominal $ 20.585

Operador de sistemas

Auxiliar I

Ejecutivo de ventas

Diseñador Gráfico

d.CATEGORÍA IV: Salario mínimo nominal $ 27.866

Programador

Encargado, supervisor o Jefe de Sector

e.CATEGORÍA V: Salario mínimo nominal $ 37.147

Administrativo de Redes y Base de Datos

Analista de Sistemas

Analista en Planificación

Contador

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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