Ajuste Julio 2014

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ACTA.En la ciudad de Montevideo, el 24 de julio de 2014, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 10: Comercio en general, Subgrupo N° 22: Distribución de G.L.P., integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Soc. Andrea Badolati, Lic. Marcelo Terevinto y Dra. Jimena Ruy- López; Delegados Empresariales:  Cr. Hugo Montgomery; Delegados de los Trabajadores: Sres. Héctor Castellano e Ismael Fuentes, se procede a dejar constancia de lo siguiente:

PRIMERO:Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el 11 de junio de 2013

SEGUNDO: En virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido Convenio, el aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2014 es del 5,5%, resultante de la acumulación de los siguientes factores:

* 5,5% por concepto de crecimiento

TERCERO:En función del presente ajuste, los salarios mínimos nominales del subgrupo a partir del 1º de julio de 2014 son los siguientes:

 

    01/07/14
CATEGORIAS  
     
Ayudante    13.081
Sereno Casero de Planta 13.733
Pisteros Diurnos y Nocturnos 14.715
Chofer    16.352
Chofer Service 17.987
Encargado de Puesto de  19.622
Abastecimiento  
Zafral   13.081

 

Leída que fué, se firman 5 ejemplares en el lugar y fecha arriba indicados.                 

 

 

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