Ajuste Julio 2015

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ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 13 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones",  Subgrupo 07 "Casas Centrales de Redes de Pago y Cobranzas"integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Dres. Eduardo Ameglio y Leonardo Slingery Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y José Iglesias.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 11 de Noviembre de 2013.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula sexta del referido acuerdo, los salarios mínimos se actualizan por categoría de acuerdo a lo siguiente:

Categorías I y II.  Aumento 11,78%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 3%.

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

Categorías de la III a la V. Aumento 10,70%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento  2%.

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

A) Salarios por encima de los mínimos hasta $ 21.309. Aumento 10,70%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de recuperación y/o crecimiento 2%.

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

B) Salarios por encima de $ 21.309 hasta $ 33.147 Aumento 9,61%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 1%.

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

C) Salarios por encima de $33.147 y hasta $ 66.296. Aumento 9,07%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 0,5%.

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

D) Salarios por encima de $ 66.296 y hasta $ 118.385. Aumento 8.80%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

Por concepto de crecimiento 0,25%.

3,36 Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

E) Salarios por encima de $ 118.386. Aumento 8.53%

5% Por concepto de inflación esperada para los años comprendido entre el 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de Junio de 2016 (Centro del rango meta de inflación del BCU para el periodo referido).

3,36% Correctivo  entre la inflación esperada y la efectivamente producida.

De acuerdo con la cláusula quinta del convenio mencionado las presentes franjas se ajustaron por el IPC anual al mes de junio 2015, que asciende a 8,53%.

TERCERO: De acuerdo a la cláusula anterior los mínimos vigentes a parir del 1ero de julio de 2015 son los siguientes:

a.CATEGORÍA I:  Salario mínimo nominal $ 15.071

Auxiliar de servicios

Vigilante

Cadete

Secretaria, telefonista, recepcionista

Operador telefónico

Auxiliar III

Auxiliar controlador

Digitador

b.CATEGORÍA II: Salario mínimo nominal $ 18.337

Auxiliar II

Secretaria ejecutiva

Técnico

c.CATEGORÍA III: Salario mínimo nominal $ 22.788

Operador de sistemas

Auxiliar I

Ejecutivo de ventas

Diseñador Gráfico

d.CATEGORÍA IV: Salario mínimo nominal $ 30.848

Programador

Encargado, supervisor o Jefe de Sector

e.CATEGORÍA V: Salario mínimo nominal $ 41.122

Administrativo de Redes y Base de Datos

Analista de Sistemas

Analista en Planificación

Contador

Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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