Ajuste Julio 2015

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ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 13 de julio de 2015, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: “Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones”, Subgrupo 8 (Compañías Seguros)  integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz y Dra. Virginia Falero, Delegados Empresariales: Dres. Eduardo Ameglio, y Leonardo Slingery Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y José Iglesias.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo de Consejo de Salarios suscrita el día 17 de Diciembre de 2013.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula TERCERA de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2015, para todos los trabajadores comprendidos del sector,sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2015, es del  11,51%. Este porcentaje surge de la acumulación de los siguientes factores:

A. 5% por concepto de inflación esperada para el período comprendido entre 1ero. de Julio de 2015 y el 30 de junio de 2016, correspondiente al centro del rango meta de inflación proyectada por el BCU para el período referido.

B. Un porcentaje por concepto de crecimiento de 2,75%.

C.Un porcentaje por concepto de correctivo de 3,36%.

TERCERO:De acuerdo a lo establecido en el numeral anterior los salarios mínimos vigentes a partir del 1ero de julio de 2015 son:

Salarios Mínimos  por Categoría

Categoría 1               $  18.747

Categoría 2               $  23.746

Categoría 3               $  29.995

Categoría 4               $  37.494

Categoría 5               $  49.992

Categoría 6               $  13.748

Leída que les fue las partes firman y ratifican.-

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