Ajuste Julio 2017

Ajuste Julio 2017

Acta registrada

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 31 de julio de 2017, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: “Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones”, Subgrupo Nro. 04 “Transportadoras de caudales” integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Viviana Dell'Acqua;Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglioy Delegados de los Trabajadores: Sr. Jose Iglesias y Juan Fernandez.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el laudo registrado para este sector de actividad el día 8.05.207 con el Nro. 1480/2017, que recoge el convenio colectivo suscrito el día 12 de abril de 2017.

SEGUNDO:Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta y sexta del referido laudo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2017 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2017, es de:

1. Incremento de salarios mínimos con vigencia al 1ero de Julio de 2017

Las partes acuerdan que a partir del 1ero de julio de 2017, los salarios mínimos nominales tendrán un incremento del 5.5% (cinco con 50/100 por ciento), que comprende un 3.5% (tres con 50/100 por ciento) pagadero en dinero y un 2% (dos por ciento) pagadero en “prestaciones de alimentación”

2. Incremento de “Sobrelaudos” con vigencia al 1ero de julio de 2017

Las partes acuerdan que a partir del 1ero de julio de 2017, los salarios mínimos nominales tendrán un incremento del 5% (cinco por ciento), que comprende un 3.5% (tres con 50/100 por ciento) pagadero en dinero y un 1.5% (uno con 50/100 por ciento) pagadero en “prestaciones de alimentación”

3. Partida especial: De acuerdo a lo dispuesto en la cláusula décimo segunda del acuerdo mencionado, a partir del 1er. de julio de 2017 entra en vigencia la partida denominada “Partida por características especiales de la actividad” - como elemento marginal al salario - con un importe nominal mensual de $700, o la proporción que corresponda. Esta partida se abonará exclusivamente a quienes se desempeñen en las categorías taxativamente enumeradas en la cláusula tercera del convenio colectivo referido, a excepción de Supervisor, Encargado, Intendente y Jefe.

TERCERO: Por consiguiente, en aplicación a los ajustes establecidos sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2017, tenemos que los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de julio de 2017 son los siguientes:

CUSTODIA

$ 28.451

GARAJISTA

$ 35.437

LAVADOR DE VEHICULOS

$ 28.451

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO

$ 26.678

AUXILIAR DE SERVICIO

$ 23.406

AUXILIAR DE RECUENTO/ RECONTADOR

$ 32.987

ADMINISTRATIVO 2/ ASISTENTE ADMINISTRATIVO

$ 28.224

CHOFER DE VEHICULO DE APOYO

$ 35.437

ADMINISTRATIVO 1/ AUXILIAR ADMINISTRATIVO

$ 35.054

TELEFONISTA / RECEPCIONISTA

$ 28.224

AUXILIAR DE SEGURIDAD

$ 38.645

AUXILIAR DE DESPACHO

$ 35.054

ASISTENTE DE SEGURIDAD

$ 35.820

ASISTENTE DE TESORERIA

$ 35.820

ASISTENTE DE OPERACIONES

$ 35.820

CHOFER BLINDADO

$ 43.211

AUXILIAR DE TESORERIA

$ 41.009

OFICIAL / COORDINADOR DE TESORERIA

$ 54.679

OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHICULOS/MECANICO

$ 41.249

PORTAVALOR

$ 47.778

AUXILIAR DE OPERACIONES

$ 41.009

OFICIAL DE OPERACIONES

$ 41.009

SUPERVISOR / ENCARGADO

$ 60.215

INTENDENTE

$ 47.778

JEFE

$ 68.150

De conformidad a lo dispuesto por la cláusula Décimo primera (Estructura de los salarios) del laudo referido, los salarios mínimos serán abonados en forma mixta (dinero y “prestaciones de alimentación”) en un todo de cuerdo al anexo adjunto.

CUARTO: En atención a que los incrementos salariales se habrán de abonar en forma mixta, se acuerda que el incremento a partir del 1ero. de julio de 2017 de los elementos marginales al salario (tales como viáticos, prima por antigüedad, compensaciones, etc. ) será de 5% (cinco por ciento).

Leida que les fue las partes firman y ratifican.-

ANEXO

 

SUMA MININA PAGADERA EN DINERO

SUMA MAXIMA PAGADERA EN PRESTACIONES DE ALIMENTACION

 

 

 

CUSTODIA

$ 27.029

$ 1.423

GARAJISTA

$ 33.666

$ 1.772

LAVADOR DE VEHICULOS

$ 27.029

$ 1.423

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO

$ 25.344

$ 1.334

AUXILIAR DE SERVICIO

$ 22.236

$ 1.170

AUXILIAR DE RECUENTO/ RECONTADOR

$ 31.337

$ 1.649

ADMINISTRATIVO 2/ ASISTENTE ADMINISTRATIVO

$ 26.813

$ 1.411

CHOFER DE VEHICULO DE APOYO

$ 33.666

$ 1.772

ADMINISTRATIVO 1/ AUXILIAR ADMINISTRATIVO

$ 33.302

$ 1.753

TELEFONISTA / RECEPCIONISTA

$ 26.813

$ 1.411

AUXILIAR DE SEGURIDAD

$ 36.712

$ 1.932

AUXILIAR DE DESPACHO

$ 33.302

$ 1.753

ASISTENTE DE SEGURIDAD

$ 34.029

$ 1.791

ASISTENTE DE TESORERIA

$ 34.029

$ 1.791

ASISTENTE DE OPERACIONES

$ 34.029

$ 1.791

CHOFER BLINDADO

$ 41.050

$ 2.161

AUXILIAR DE TESORERIA

$ 38.958

$ 2.050

OFICIAL / COORDINADOR DE TESORERIA

$ 51.945

$ 2.734

OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHICULOS/MECANICO

$ 39.187

$ 2.062

PORTAVALOR

$ 45.389

$ 2.389

AUXILIAR DE OPERACIONES

$ 38.958

$ 2.050

OFICIAL DE OPERACIONES

$ 38.958

$ 2.050

SUPERVISOR / ENCARGADO

$ 57.204

$ 3.011

INTENDENTE

$ 45.389

$ 2.389

JEFE

$ 64.742

$ 3.407

 

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