Ajustes enero 2007
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 24 de enero de 2007, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 07: "Casas Centrales de Redes de Pagos y Cobranzas" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. María del Luján Pozzolo; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día doce de setiembre de 2006, homologado por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 20 de noviembre de 2006
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2007 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2006, es del 3,73 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos, correspondientes al período diciembre de 2006, para el período 1° de enero 2007 al 30 de junio 2007: 1, 0293 (2,93%)
B.Por concepto de correctivo semestral: 0,9917 (-0,83%)
C Por concepto de recuperación: 1,01625 (1,625%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0293 x 0,9917 x 1,01625 = 1, 0373 (3,73 %)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre 2006 será del 3,73% siendo los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2007 los siguientes:
- CATEGORÍA I: Salario mínimo nominal $ 5.540
Auxiliar de servicios
Vigilante
Cadete
Secretaria, telefonista, recepcionista
Operador telefónico
Auxiliar III
Auxiliar controlador
Digitador
- CATEGORÍA II: Salario mínimo nominal $ 7061
Auxiliar II
Secretaria ejecutiva
Técnico
- CATEGORÍA III: Salario mínimo nominal $ 9226
Operador de sistemas
Auxiliar I
Ejecutivo de ventas
Diseñador Gráfico
- CATEGORÍA IV: Salario mínimo nominal $ 12.624
Programador
Encargado, supervisor o Jefe de Sector
- CATEGORÍA V: Salario mínimo nominal $ 16.828
Administrativo de Redes y Base de Datos
Analista de Sistemas
Analista en Planificación
Contador
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.