Ajustes enero 2008
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 04: "Transportadoras de Valores" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 26 de diciembre de 2007.-
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007 es del 5,27 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos, correspondientes al período 1° de enero de 2008 al 30 de junio de 2008: 1,0324 (3,24%)
B. Por concepto de correctivo semestral: 0,9997 (-0,03%)
C. Por concepto de recuperación: 1,02 (2%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0324 x 0,9997 x 1,02 = 1,0527 (5,27%)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007 será del 5,27% siendo los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2008 los siguientes:
CUSTODIA $ 5.461
AUXILIAR DE MANTENIMIENTO EDILICIO $ 5.461
AUXILIAR DE SERVICIO $ 5.461
RECONTADOR $ 6.042
ADMINISTRATIVO 2 $ 6.042
CHOFER DE VEHICULO DE APOYO $ 8.251
ADMINISTRATIVO 1 $ 9.253
AUXILIAR/ASISTENTE DE SEGURIDAD $ 9.474
CHOFER $ 10.015
AUXILIAR U OFICIAL DE TESORERIA $ 10.069
OFICIAL DE MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS $ 10.138
PORTAVALOR $ 11.084
AUXILIAR U OFICIAL DE OPERACIONES $ 14.485
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.