Ajustes enero 2008
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 07: "Casas Centrales de Redes de Pagos y Cobranzas" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: la Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al cuarto ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día doce de setiembre de 2006, homologado por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 20 de noviembre de 2006
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula séptima del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2008 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007, es del 4,89%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio simple de las expectativas de inflación relevadas por el Banco Central del Uruguay entre instituciones y analistas económicos, correspondientes al período 1° de enero de 2008 al 30 de junio de 2008: 1, 0324 (3,24%)
B.Por concepto de correctivo semestral: 0,9997 (-0,03%)
C. Por concepto de recuperación: 1,01625 (1,625%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,0324 x 0,9997 x 1,01625 = 1, 0489 (4,89 %)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2007 será del 4,89% siendo los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1º de enero de 2008 los siguientes:
- A) CATEGORÍA I: Salario mínimo nominal $ 6.227
Auxiliar de servicios
Vigilante
Cadete
Secretaria, telefonista, recepcionista
Operador telefónico
Auxiliar III
Auxiliar controlador
Digitador
- B) CATEGORÍA II: Salario mínimo nominal $ 7937
Auxiliar II
Secretaria ejecutiva
Técnico
- C) CATEGORÍA III: Salario mínimo nominal $ 10.370
Operador de sistemas
Auxiliar I
Ejecutivo de ventas
Diseñador Gráfico
- D) CATEGORÍA IV: Salario mínimo nominal $ 14.190
Programador
Encargado, supervisor o Jefe de Sector
- E) CATEGORÍA V: Salario mínimo nominal $ 18.915
Administrativo de Redes y Base de Datos
Analista de Sistemas
Analista en Planificación
Contador
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.