Ajustes enero 2009
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 21 de enero de 2008, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 02: "Entidades que otorgan crédito fuera del Sistema Bancario", Capítulo 01 "Tarjetas de Crédito" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: la Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Alvaro Morales y Pedro Steffano.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Acta suscripta el día 31 de octubre de 2008.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula sexta de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2009 para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2008 es del 4,04 %, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2009 – 30/06/2009 : 2,5 %
B. Por concepto de recuperación: 1,015 (1,5%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,015 = 1,0404 (4,04 %)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2008 será del 4,04 % siendo el salario mínimo del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2009 la suma de $ 14901.
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman siete ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.