Ajustes enero 2009
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 5 de febrero de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo Nº 10 y Capítulo 01 "Agencia de Quinielas" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: la Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Elbio Monegal y Alvaro Morales.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscripto el día 6 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2009, para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2008, es del 4,55% para los salarios mínimos según el presente laudo y del 3,53% para los salarios que esten por encima de los mínimos, lo que resulta de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Para aquellos trabajadores que perciban remuneraciones mínimas según el presente laudo: a) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2009 – 30/06/2009 : 2,5 %
b. Por concepto de recuperación: 1,02 (2%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,02 = 1,0455 (4,55 %)
B. Para aquellos trabajadores que perciban remuneraciones por encima de los mínimos: a. Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2009 – 30/06/2009 : 2,5 %
b. Por concepto de recuperación: 1,01 (1%)
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,01 = 1,0353 (3,53 %)
TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2009 son los siguientes:
Aprendiz y Auxiliar de Servicio: $ 4.828
Guardia de Seguridad: $ 4.985
Auxiliar II $ 5.814
Auxiliar I $ 7.271
Sub Encargado $ 8.805
Encargado $ 9.998
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.