Ajustes enero 2009

ACTA DE AJUSTE: En la ciudad de Montevideo, el día  22 de enero de 2009, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 3 "Industria Pesquera", Subgrupo N° 03 "Carga y Descarga", Capítulo Fresco, integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Viviana Maqueira; Delegados Empresariales: Carlos Trelles y Dr. Ernesto Pagani y Delegados de los Trabajadores: Jorge Vignolo y Edison Ojeda.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Que se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al segundo ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo  suscrito el día 17 de octubre de 2008, homologado por decreto del Poder Ejecutivo N° 726/008 de fecha 22/ 12/ 08.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio colectivo, el porcentaje de aumento salarial aplicable a todos los items, excepto al valor de la descarga y el aliste de la caja de pescado per cápita,  que regirá a partir del 1º enero de 2009, es del 6,64 % resultante de la suma de los siguientes conceptos: A) 2,5 % por concepto de inflación esperada, B) 2 % por concepto de incremento real y  C) 2 % por concepto de flexibilidad sectorial.
TERCERO: En virtud de lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio señalado, los valores por carga y descarga y aliste de caja de pescado per cápita, a partir del 1º de enero de 2009, serán los siguientes: a) Manos de 13/14 trabajadores: $ 0,32 per cápita y b) Manos de 16 trabajadores: $ 0,289 per cápita.
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.

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