Ajustes enero 2010
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 25 de enero de 2010, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 05: "Cooperativas de Ahorro y Crédito", Capítulo 02 "Cooperativas de Operativa Restringida" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: Dra. Valentina Egorov y An. Ec. Ana Inés Morató; Delegados Empresariales: Sr. Julio Guevara y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fabian Amorena y Alvaro Morales
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el Convenio Colectivo suscrito el día 7 de noviembre de 2008.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta del referido convenio, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2010 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2009, es del 3,53%, resultante de la acumulación de los siguientes conceptos:
A. Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/01/2010 – 30/06/2010: 2,5%
B. Por concepto de recuperación salarial: 1,0%
Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,010 = 1,0353 (3,53%)
TERCERO: Por consiguiente, el porcentaje de ajuste a ser aplicado sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2009 será del 3,53%, siendo el salario mínimo del sector, con vigencia a partir del 1º de enero de 2010, correspondiente a la categoría de auxiliar, de $20.320.
CUARTO: Leída que les fue la presente, se ratifica y firma de conformidad.-