Ajustes Enero 2012
ACTA: En la ciudad de Montevideo, el 24 de enero de 2012, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 02: "Entidades que otorgan crédito fuera del Sistema Bancario", Capítulo 02 "Administradoras de Crédito" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: la Dra. Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglio, y Dr. Leonardo Slinger y Delegados de los Trabajadores: Sres. Pedro Stefano y Fabian Amorena.
HACEN CONSTAR QUE:
PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta de acuerdo suscrita el día 30 de diciembre de 2010.
SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2012 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2011, es de:
A) Para el caso de los salarios mínimos del laudo de las categorías de cadete, auxiliar de servicios y guardia de seguridad auxiliar, Oficial, Supervisor y Encargado de 9,13%.
B) Para los salarios sobre laudados de hasta $13.622, de 8,67%.
C) Para los salarios sobre laudados de más de $13.622, de 8,07%.
Los ajustes relacionados surgen de la acumulación de los siguientes factores:
A. Por concepto de inflación esperada, del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del BCU para el período 01/01/2012 – 30/06/2012 : 1,025 2,5%
B. Correctivo del ajuste anterior: 3,37% y 3,43% respectivamente.
C. Para los salarios minimos del laudo(A): 3%, para los salarios por encima del minimo y hasta $12,000(B): 2,5% y para los salarios por encima de $ 12,000(C): 2% por concepto de recuperacion y/o crecimiento
Formula de ajuste: A) 1,0337*1,025*1,03=1,0913(9,13%)
B) 1,0343*1,025*1,025=1,0867(8,67%)
C) 1,0337*1,025*1,02=1,0807(8,07%)
TERCERO: Por consiguiente, en aplicación a los ajustes establecidos sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2011, tenemos que, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2012 los siguientes:
A) Personal Administrativo:
Encargado $ 11.548
Supervisor $ 10.104
Oficial $ 8661
Auxiliar $ 7861
Cadete $ 7743
B) Personal de Servicio
Guardia de Seguridad $ 7743
Auxiliar de Servicio $ 7743
CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.