Ajustes Enero 2013

ACTA:En la ciudad de Montevideo, el 29 de enero de 2013, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo N° 02: "Entidades que otorgan crédito fuera del Sistema Bancario", Capítulo 02 "Administradoras de Crédito" integrado por: Delegado del Poder Ejecutivo: las Dras. Valentina Egorov y Viviana Dell'Acqua;Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglio, y Dr. Leonardo Slingery Delegados de los Trabajadores: Sres. Pedro Stefano y Elbio Monegal.

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta de acuerdo suscrita el día 30 de diciembre de 2010.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula quinta de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de enero de 2013 para todos los trabajadores del subgrupo y capítulo, sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2012, es de8% siendo la acumulación de los siguientes factores:

          A. Por concepto de inflación esperada, del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del BCU para el período 01/01/2013 – 30/06/2013 : 1,025 2,5%

          B. por concepto de recuperación y/o crecimiento 3%

          C. por concepto de correctivo anual: 2,3%

Formula de ajuste: 1,025*1,03*1,023=1,800(8,00%)

Para los salarios que se estén abonando por encima de los mínimos de las categorías y hasta $U 15.694un porcentaje de 7,48% por la acumulación de los siguientes conceptos.

A. Por concepto de inflación esperada, del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del BCU para el período 01/01/2013 – 30/06/2013 : 1,025 2,5%

          B. por concepto de recuperación y/o crecimiento 2,5%

          C. por concepto de correctivo anual: 2,3%

3- Para los salarios que se estén abonando por encima de los mínimos de categoría y que superen los $U 15.694 un porcentaje de 6,95% por la acumulación de los siguientes conceptos.

A. Por concepto de inflación esperada, del promedio entre la meta mínima y máxima de inflación (centro de la banda) del BCU para el período 01/01/2013 – 30/06/2013 : 1,025 2,5%

          B. por concepto de recuperación y/o crecimiento2%

          C. por concepto de correctivo anual: 2,3%

TERCERO:Por consiguiente, en aplicación a los ajustes establecidos sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2012, tenemos que, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1 de enero de 2013 los siguientes:

A) Personal Administrativo:

Encargado   $ 13.167

Supervisor   $ 11.521

Oficial   $ 9876

Auxiliar  $ 8964

Cadete  $ 8829

B) Personal de Servicio

Guardia de Seguridad  $ 8829

Auxiliar de Servicio  $ 8829

 

CUARTO:Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

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