Ajustes Julio 2011

En la ciudad de Montevideo, el 21 de julio de 2011, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14: "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", Subgrupo Nº 10 y Capítulo 01 "Agencia de Quinielas" integrado por: Delegadas del Poder Ejecutivo: Dres. Nelson Diaz y Valentina Egorov; Delegados Empresariales: Cr. Hugo Montgomery y Dr. Eduardo Ameglio, y Delegados de los Trabajadores: Sres. Fabian Amorena y Pedro Stefano.-

HACEN CONSTAR QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de incremento correspondiente al ajuste salarial, en aplicación de lo dispuesto en el acta de votación suscripta el día 3 de noviembre de 2010.

SEGUNDO: Que en virtud de lo establecido en la cláusula tercera de la referida acta, el porcentaje de aumento salarial que regirá a partir del 1º de julio de 2011, para todos los trabajadores del subgrupo, sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2011, es del 6,49% para los salarios mínimos y sobrelaudos en general, lo que resulta de la acumulación de los siguientes conceptos:

a) Por concepto de inflación esperada, el promedio entre la meta mínima y máxima de inflación ( centro de la banda ) del BCU para el período 01/07/2011 – 31/12/2011 : 2,5 %

b. Por concepto de recuperación: 0,5%.

c. Correctivo: 3,38%.

Fórmula de ajuste de salarios: 1,025 x 1,005 x 1,0338 = 6,49%

 

TERCERO: Por consiguiente, los salarios mínimos del sector con vigencia a partir del 1º de Julio de 2011 son los siguientes:

Aprendiz y Auxiliar de Servicio: $ 7.272

Guardia de Seguridad: $ 7.510

Auxiliar II $ 7.728

Auxiliar I $ 9.184

Sub Encargado $ 11.121

Encargado $ 12.629

CUARTO: Leída que fue la presente, se ratifica la misma y se firma en el lugar y fecha arriba indicados.

 

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