Séptima Ronda 2018

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Acta registrada

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 01 de noviembre de 2018, reunido el Consejo de Salarios del Grupo Nº 14 "Intermediación Financiera, Seguros y Pensiones", integrado por: Delegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Díaz, Dra. Viviana Dell'Acqua y Dra. Bettina Fernández; Delegados Empresariales: Dr. Eduardo Ameglio Delegados de los Trabajadores. Sr. Juan Fernandez, con la presencia asimismo de los representantes del Subgrupo Nº 05 "Cooperativas de Ahorro y Crédito", Capítulo 02 "Cooperativas de Operativa Restringida" por sector empleador: Sr. Vicente Cereceda, Dra. Florencia Gentile y Lic. Virginia Dama por el sector trabajador Sra. Claudia Medeiros y por la Representativa en Diego Romay, Andrea Da Luz y Ernesto Pardo; quienes hacen constar lo siguiente: I) PRESENTACIÓN AL CONSEJO DE SALARIOS DEL ACUERDO ALCANZADO ENTRE SECTORES EMPLEADOR Y TRABAJADOR: PRIMERO: Vigencia y oportunidad de los ajustes salariales propuestos: El período de vigencia será el comprendido entre el 1º de julio de 2018 y el 30 de junio de 2020, disponiéndose que se efectuarán ajustes semestrales a partir del 1ero de enero 2019, 1ero de julio 2019 y 1ero de enero 2020 en los términos que se dirán. SEGUNDO: Ámbito de aplicación: Las normas del presente acuerdo tienen carácter nacional abarcando a todo el personal dependiente de las empresas que componen el sector. TERCERO: I) Primer ajuste salarial enero de 2019: Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2019, un incremento salarial de 6,5% (seis con cinco por ciento) sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2018. Existiendo adelantos a cuenta del ajuste citado, los mismos se descontarán de la fórmula a aplicar. En virtud de lo expuesto, el ajuste de los salarios a partir del 1º de enero de 2019 será 6,5% siendo el salario mínimo correspondiente a la categoría de Auxiliar I $ 52.567, por 6 horas y media de labor. Se deja constancia que en el sector existe la categoría Auxiliar de Ingreso, cuyo salario equivale al 70% del salario de la categoría Auxiliar; por lo que el mínimo de esta categoría asciende a $ 36.797. II) Segundo ajuste salarial al 1º de julio de 2019: Se establece, con vigencia a partir del 1° de julio 2019, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2019 de 3,75% (tres con setenta y cinco por ciento). III) Tercer ajuste salarial al 1º de enero 2020: Se establece, con vigencia a partir del 1º de enero de 2020, un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2019, de 3,75 % (tres con setenta y cinco por ciento).

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