Resolución S/N/025 Notificación e intimación de pago empresa Javier Humber López Etchissure por adeudos de tarifa de peajes
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 18 de marzo de 2025.-
VISTO: la comunicación recibida de parte de la concesionaria CVU SA respecto a un vehículo que tiene adeudos por concepto de tarifa de peaje superiores a $250.000.-
RESULTANDO: I) Que la Supervisora de Recaudación de Peajes del Órgano de Control MTOP-CVU SA solicita que se gestione la notificación de deuda e intimación de pago de ésta a los deudores de tarifas de peajes, correspondiendo en el presente caso proceder en tal forma con el titular del vehículo matrícula NTP4795, que de acuerdo a los registros del sistema de Telepeaje, es la empresa Javier Humber López Etchissure, RUT 060046670010, la que además figura registrada como empresa de Transporte profesional de cargas en la DNT, de acuerdo con los datos que surgen del cuadro que luce a fs. 6 de obrados.-
II) Que según surge de la nota de comunicación recibida de la CVU SA con fecha 13 de marzo de 2025, en el presente caso la empresa Javier Humber López Etchissure adeuda un monto de $ 254.291 a dicha fecha, por concepto de tarifas de peajes.-
III) Que esta Secretaría de Estado y el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) han suscrito un convenio marco cuyo objeto es la realización de acciones conjuntas tendientes a mejorar la fiscalización vehicular y la gestión de la recaudación de ingresos vehiculares, incluyendo a las tarifas de peaje.-
CONSIDERANDO: I) Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 61 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 4/02/2025, procede dictar Resolución notificando a la empresa titular del vehículo citado, el monto adeudado por concepto de tarifas de peaje impagas e intimarle su pago en plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluido en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes.-
II) Que tratándose de una empresa de transporte, que además se encuentra incluida en la categoría de transporte profesional de cargas, se entiende conveniente comunicar la Resolución a la Dirección Nacional de Transporte a efectos de ésta adopte las medidas tendientes a que le empresa cumpla efectivamente con el pago del adeudo, dado que posee facultades para proceder en tal sentido según lo previsto en el artículo 90 de la Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 y, en particular para el caso de empresas profesionales, lo previsto en el artículo 45 de Decreto Nº 349/001 de 4/09/2001 con la redacción dada por el artículo 14 del Decreto Nº 366/013 de 12/11/2013.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el Reglamento de Cobro de Peajes aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 4/02/2025
EL DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
1º Notifícase a la empresa Javier Humber López Etchissure, RUT 060046670010, que al 13/03/2025 adeuda al Ministerio de Transporte y Obras Públicas un monto de $ 254.291 por concepto de tarifas de peajes impagas.-
2º) Intímase el pago del referido monto en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de iniciar acción judicial de cobro.-
3º Pase a la Asesoría Técnica (Despacho y Trámites) para su notificación y remisión al Área de Gobierno Electrónico para publicación de la presente Resolución en la página web de esta Secretaría de Estado, http://www.mtop.gub.uy/peajes, estableciéndose que la deuda deberá ser abonada en los lugares de cobranza habilitados por el SUCIVE, a partir de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su publicación.-
4º Una vez firme la Resolución sin que se haya verificado el pago o realizado convenio al respecto, comuníquese a la Dirección Nacional de Transporte a fin de adoptar las medidas que entienda adecuadas para asegurar el cumplimiento de la presente por la empresa transportista incumplidora.-
Firmado por el director nacional de Vialidad,
Ing. Federico Magnone.