Resolución S/N/025 Notificación e intimación de pago a empresa TRANSPORTES MYG por adeudos de tarifas de peaje impagas
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Montevideo, 3 de abril de 2025.-
VISTO: la comunicación recibida de parte de la concesionaria CVU SA respecto a un vehículo que tiene adeudos por concepto de tarifa de peaje superiores a $250.000.-
RESULTANDO: I) Que la Supervisora de Recaudación de Peajes del Órgano de Control MTOP-CVU solicita que se gestione la notificación de la deuda e intimación de pago de ésta al propietario del vehículo matrícula QTP 1908 , que es la empresa TRANSPORTES MYG S.R.L., RUT 216825060019, que además figura registrada como empresa de transporte profesional de cargas en la DNT.-
II) Que según surge de la nota de comunicación recibida de la concesionaria CVU SA de fecha 13 de marzo de 2025, en el presente caso la empresa antes referida adeuda un monto de $ 496.796 a dicha fecha, por concepto de tarifas de peajes impagas.-III) Que esta Secretaría de Estado y el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) han suscrito un convenio marco cuyo objeto es la realización de acciones conjuntas tendientes a mejorar la fiscalización vehicular y la gestión de la recaudación de ingresos vehiculares, incluyendo a las tarifas de peaje.-
CONSIDERANDO: I) Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 61 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 4/02/2025, procede dictar Resolución notificando a la empresa titular del vehículo citado, el monto adeudado por concepto de tarifas de peaje impagas e intimarle su pago en plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluido en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes y de iniciar acción judicial de cobro.-
II) Que sin perjuicio de lo anterior y tratándose de una empresa de transporte profesional de cargas, para el caso omiso y una vez firme la Resolución, se entiende conveniente comunicar la Resolución a la Dirección Nacional de Transporte a efectos de ésta adopte las medidas tendientes a que le empresa cumpla efectivamente con el pago del adeudo, dado que posee facultades para proceder en tal sentido según lo previsto en el artículo 90 de la Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 y, en particular para el caso de empresas profesionales, lo previsto en el artículo 45 de Decreto Nº 349/001 de 4/09/2001 con la redacción dada por el artículo 14 del Decreto Nº 366/013 de 12/11/2013.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el Reglamento de Cobro de Peajes aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 4/02/2025.-
EL DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
1º Notifícase a la empresa TRANSPORTES MYG S.R.L., RUT 216825060019, que al 13/03/2025 adeuda al Ministerio de Transporte y Obras Públicas un monto de $496.796 por concepto de tarifas de peajes impagas.-
2º) Intímase a la citada empresa el pago del referido monto en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluido en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes y de iniciar acción judicial de cobro, estableciéndose que la deuda deberá ser abonada en los lugares de cobranza habilitados por el SUCIVE, a partir de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su notificación.-
3º Pase a la Asesoría Técnica (Trámites Administrativos) para su notificación y su remisión a la Unidad de Comunicación Institucional para publicación de la presente Resolución en la página web de esta Secretaría de Estado, http://www.mtop.gub.uy/peajes. Cumplida la publicación por la Unidad referida ésta deberá remitir la constancia de la misma a la Supervisora de Recaudación de Peajes del Órgano de Control MTOP-CVU.-
4º Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 2º), una vez firme la Resolución si no se hubiera verificado el pago o realizado convenio al respecto, comuníquese a la Dirección Nacional de Transporte a fin de adoptar las medidas que entienda adecuadas para asegurar el cumplimiento de la presente por la empresa transportista incumplidora.-
Firmado por el director nacional de Vialidad,
Ing. Federico Magnone.