Resolución S/N/025 Notificación e intimación a titulares de vehículos con tarifas de peaje impagas

Se resuelve notificar a los titulares o usuarios de cada uno de los vehículos, cuyos datos se indican en el cuadro que adjunto (Anexo de la presente Resolución), el monto que adeudan por concepto de tarifas de peaje impagas. Se intima su pago en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluidos en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes y de iniciar acción judicial de cobro.

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD

Montevideo, 21 de noviembre de 2025.

VISTO: la necesidad de resolver la situación de un conjunto de vehículos que tienen adeudos por concepto de tarifa de peaje superiores a $200.000, según la información brindada por la concesionaria CVU SA.-
RESULTANDO: I) Que la Supervisora de Recaudación de Peajes del Órgano de Control MTOP-CVU solicita que se gestione la notificación del monto de la deuda e intimación de pago de ésta al titular o usuario de cada uno de los vehículos, cuyos datos se indican en el cuadro que se agrega como Anexo de la presente Resolución.-
II) Que esta Secretaría de Estado y el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE) han suscrito un convenio marco cuyo objeto es la realización de acciones conjuntas tendientes a mejorar la fiscalización vehicular y la gestión de la recaudación de ingresos vehiculares, incluyendo a las tarifas de peaje.-
CONSIDERANDO: I) Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 61 del Reglamento de Cobro de Peajes aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 6/11/2025, procede dictar Resolución notificando al titular o usuario de cada uno de los vehículos, cuyos datos se indican en el cuadro que se agrega como Anexo de la presente Resolución, el monto adeudado por concepto de tarifas de peaje impagas e intimando su pago en plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluidos en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes y de iniciar acción judicial de cobro.-ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el Reglamento de Cobro de Peajes aprobado por Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 y a lo dispuesto por Resolución ministerial de fecha 06/11/2025.-

EL DIRECTOR NACIONAL DE VIALIDAD

R E S U E L V E:

1º Notifícase a los titulares o usuarios de cada uno de los vehículos, cuyos datos se indican en el cuadro que se agrega como Anexo de la presente Resolución, el monto que adeudan por concepto de tarifas de peaje impagas e intímaseles su pago en plazo de 10 días, bajo apercibimiento de ser incluidos en la lista de inhabilitados para efectuar el pago automático en cualquiera de los puestos de recaudación de peajes existentes y de iniciar acción judicial de cobro.-
2º) Establécese que la deuda deberá ser abonada en los lugares de cobranza habilitados por el SUCIVE, a partir de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su notificación.-
3º Pase a la Asesoría Técnica (Trámites Administrativos) para su remisión a la Unidad de Comunicación Institucional a fin de publicar la presente Resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría de Estado, http://www.gub.uy/ministerio-transporte-obras-publicas/peajes. Cumplida las publicaciones por la Unidad referida ésta deberá remitir la constancia de las mismas a la Supervisora de Recaudación de Peajes del Órgano de Control MTOP-CVU.-

 

 

 

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