Programa boleto estudiantil gratuito

El Programa de Boleto Estudiantil Gratuito, tiene como cometido principal promover y facilitar el acceso de los jóvenes que se encuentran cursando enseñanza secundaria o media a nivel público.

La medida se suma al conjunto de acciones adoptadas por el Gobierno Nacional desde el año 2006, tendientes a universalizar la educación secundaria entre toda su población. Este programa en particular, contribuye  a favorecer la concurrencia a clase de la totalidad de los jóvenes inscriptos en los diferentes centros de enseñanza secundaria pública del todo el país, independientemente de la condición económica de su núcleo familiar. Ello ha permitido abatir sensiblemente una de las principales causas, que explicaban la desvinculación del estudiante del sistema educativo.

A continuación se detallan los alcances de éste programa:

Los estudiantes de primer y segundo ciclo de enseñanza secundaria pública de todo el país, dispondrán del acceso de hasta 50 boletos mensuales gratuitos, con la finalidad de facilitarles el traslado cotidiano entre su domicilio y el centro educativo al que concurren. El número de boletos podrá ser objeto de modificaciones en atención a las particularidades del traslado y al desarrollo del año lectivo.

El programa abarca a todos aquellos estudiantes que se encuentren cursando el primer ciclo con hasta 18 años de edad o segundo ciclo con hasta 20 años, en ambos casos al 1º de enero de cada año y que documenten domiciliarse a una distancia superior a un kilómetro del centro educativo al que asisten.

Los boletos gratuitos se expedirán entre los meses de marzo a noviembre y tendrán validez entre el 1º de marzo y el 15 de diciembre de cada año.

El estudiante deberá gestionar personalmente sus boletos entre el 1º y el 15 de casa mes, teniendo vigencia hasta el último día del mes inmediato al que se adquirió.

Previo a su emisión deberá verificarse que el estudiante se encuentre debidamente registrado en el Sistema de Gestión Corporativo implementado a tales efectos, información que será administrada exclusivamente por los Centro Educativos.

Los estudiantes de nivel medio que asistan a centros educativos privados, podrán acceder al beneficio en igualdad de condiciones, siempre y cuando se encuentren amparados al régimen de exoneración total del pago de la mensualidad, situación que deberá documentarse mediante declaración jurada por parte del centro educativo.

En caso que el traslado del estudiante requiera ser complementado entre más de una empresa, ya sea por razones de horarios o recorridos, deberá procederse a registrar tal condición en el Sistema de Gestión Corporativo

Los estudiantes de nivel terciario del sistema de enseñanza pública, con hasta 30 años al 1º de enero de cada año, tendrán derecho a gestionar boletos bonificados al 50% del valor de la correspondiente tarifa. Se incluyen dentro de éste beneficio, los estudiante que asistan a:

  • UTU:  Cursos de nivel terciario y de capacitación superior
  • ISEF
  • UTEC
  • Institutos dependientes de la Dirección General de Formación y Perfeccionamiento Docente de la ANEP
  • UDELAR
  • Escuelas Universitarias Asociadas

Podrán acceder a éste beneficio todos los estudiantes de nivel secundario público o privado, que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos para el Programa de Boleto Estudiantil Gratuito.

Acceso a la consulta de habilitados para el Programa de Boleto Estudiantil Gratuito.

Fuentes Normativas:

  • Decreto 218/009, de fecha 11 de mayo de 2009.
  • Decreto 397/011, de fecha 22 de noviembre de 2011.
  • Decreto 152/012, de fecha 11 de mayo de 2012.

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