Documentos de Trabajo

Anexo: Descripción de los escalafones del Servicio Civil en la Administración Central

Según lo dispuesto en las leyes N° 15.809 arts. 29 a 44; N°15.851 art. 49:

El escalafón “A” Personal Profesional, comprende los cargos y contratos de función pública a los que sólo pueden acceder los profesionales, liberales o no, que posean título universitario expedido, registrado o revalidado por las autoridades competentes y que correspondan a planes de estudios de duración no inferior a cuatro años.

El escalafón "B" Técnico Profesional comprende los cargos y contratos que otorguen la calidad de funcionario público a quienes hayan obtenido alguna de las siguientes formaciones:

   1)   De nivel terciario universitario o no universitario, con una carga horaria igual o superior a setecientas cincuenta horas, o una duración no menor a un año y medio, cuyos títulos posean reconocimiento ministerial, siempre que corresponda.

   2)   La que corresponda, como mínimo, al 50% (cincuenta por ciento) del total de los créditos necesarios para obtener la titulación de una carrera universitaria.

El escalafón "C" Administrativo, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas relacionadas con el registro, clasificación, manejo y archivo de datos y documentos y el desarrollo de actividades, como la planificación, coordinación, organización, dirección y control,  tendientes al logro de los objetivos del servicio en el que se realizan, así como toda otra actividad no incluida en los demás escalafones.

El escalafón "D" Especializado, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que predomina la labor de carácter intelectual, para cuyo desempeño fuere menester conocer técnicas impartidas normalmente por centros de formación de nivel medio o en los primeros años de los cursos universitarios de nivel superior.   La versación en determinada rama del conocimiento deberá ser acreditada en forma fehaciente.

El escalafón "E" de Oficios, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que predominan el esfuerzo físico o habilidad manual o ambos y requieren conocimiento y destreza en el manejo de máquinas o herramientas. La idoneidad exigida deberá ser acreditada en forma fehaciente.

El escalafón "F" de Servicios Auxiliares, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de limpieza, portería, conducción, transporte de materiales o expedientes, vigilancias, conservación y otras tareas similares.

El escalafón "J" Docente de organismos de la Administración Central (no incluye los de Entes Autónomos de educación, como ANEP o UdelaR), comprende los cargos no incluidos en los escalafones docentes anteriores, cuya tarea sea impartir, efectuar, coordinar o dirigir la enseñanza o la investigación.

El escalafón "K" Militar, comprende los cargos correspondientes a las fuerzas armadas.

El escalafón "L" Policial, comprende los cargos correspondientes a los servicios policiales.

El escalafón "M" de Servicio del Exterior, comprende los cargos correspondientes al Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El escalafón "N" Judicial, comprende los cargos correspondientes al ejercicio de la función jurisdiccional (jueces), los de Secretario de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, así como todos los cargos y funciones legalmente equiparados a los mismos, cuando sus tareas tengan análoga naturaleza. Entre otros, incluye a los funcionarios Fiscales de la Fiscalía General de la Nación.

El escalafón "P" Político, comprende los cargos correspondientes a órganos institucionales de gobierno o administración, fueren o no de carácter electivo.

El escalafón "Q" de Particular Confianza, incluye aquellos cargos cuyo carácter de particular confianza es determinado por la ley.

El escalafón "R" comprende los cargos y funciones cuyas características específicas no permiten la inclusión en los escalafones anteriores o hagan conveniente su agrupamiento a juicio de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

El escalafón "S" Personal Penitenciario, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas las tareas relacionadas con los estados de reclusión y ejecución de las penas de privación de libertad.

Escalafón SIRO

El SIRO (Sistema Integrado de Retribuciones y Escalafones) fue creado por los arts. 28 y siguientes de la Ley N° 18.172 de 31/08/2007. El art. 56 de la Ley N° 18.719 suprimió todas las vacantes de este sistema. Los cargos que están actualmente ocupados corresponden al Escalafón CO (Conducción) y PC (Profesional y Científico). Se mantienen los cargos mientras quienes fueron designados en ellos permanezcan en actividad.

 

Escalafones de la Dirección General de Casinos

Los Dirección General de Casinos cuenta con una estructura escalafonaria propia.

 

Contratos de Alta especialización Ley N°16.736

Contratos para el desempeño de funciones de alta especialización en puestos técnicos o de asesoramiento, inmediatamente dependientes del Director de una unidad ejecutora. Derogado por art. 41 Ley N°18.719. Se mantienen los cargos mientras quienes fueron designados en ellos permanezcan en actividad.

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