Cuidados

Un paso histórico: la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció al cuidado como un derecho humano

Este jueves 7 de agosto de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la Opinión Consultiva OC-31/25, en la que se pronuncia sobre el derecho al cuidado, su alcance y su interrelación con otros derechos, en respuesta a una solicitud presentada por la República Argentina. El pronunciamiento es relevante no solo para Uruguay, sino para todos los países de la región que avanzan en la construcción de sistemas integrales de cuidados, y posiciona nuevamente el tema en la agenda interamericana.
Visionado colectivo de la notificación de la Corte IDH.

Este jueves 7 de agosto de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió la Opinión Consultiva OC-31/25, en la que se pronuncia sobre el derecho al cuidado, su alcance y su interrelación con otros derechos, en respuesta a una solicitud presentada por la República Argentina. El pronunciamiento es relevante no solo para Uruguay, sino para todos los países de la región que avanzan en la construcción de sistemas integrales de cuidados, y posiciona nuevamente el tema en la agenda interamericana.

La Corte IDH, principal órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA) y responsable de la protección de los derechos humanos en el continente, se expidió a partir de los documentos presentados por distintos actores, entre ellos gobiernos, organizaciones de la sociedad civil y organismos de Naciones Unidas. La consulta sobre el derecho al cuidado recibió una gran cantidad de respuestas en comparación con otras solicitudes de opinión consultiva, lo que evidencia la relevancia y actualidad de esta temática.

Durante la transmisión en vivo desde Costa Rica la presidenta de la corte, la jueza Nancy Hernández López, señaló que “el cuidado constituye una necesidad básica, ineludible y universal, de la cual depende tanto la existencia de la vida humana como el funcionamiento de la vida en sociedad. Asimismo, reconoció que el cuidado se configura como el conjunto de acciones necesarias para preservar el bienestar humano, incluida la asistencia a quienes se encuentren en una situación de dependencia o requieran apoyo, de manera temporal o permanente. Igualmente, sostuvo que el cuidado es necesario para asegurar condiciones de atención mínimas para una existencia digna, especialmente respecto de personas en situación de vulnerabilidad, dependencia o limitación”.

Durante el visionado colectivo de la notificación diversas autoridades del Ministerio de Desarrollo Social estuvieron presentes. Mónica Xavier, directora del Instituto Nacional de las Mujeres dijo que “esto es clave porque sabemos cómo los cuidados ayudan digna de las mujeres y cómo favorecen a los Estados cuando se proponen desarrollarse”. 

Valentina Perrotta de la Dirección de Cuidados de la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad explicó que esta declaración es importante “para seguir exigiendo desde todos los lugares que haya un compromiso y que se concrete en recursos”.

También señaló que este posicionamiento brindó “contenidos concretos” que obligan a los Estados con respecto a los derechos de las personas que reciben y proveen cuidados. “Hizo un énfasis muy importante en las desigualdades sociales y de género, así que es momento de bajar a tierra esto a la política pública”, resaltó. 

 

 

La Opinión Consultiva representa un avance significativo en el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos por diversas razones:

  • Define el contenido y alcance del derecho al cuidado.
     
  • Ofrece lineamientos a los Estados miembros de la OEA para el diseño de políticas públicas y marcos normativos que garanticen su ejercicio efectivo.
     
  • Refuerza la protección de poblaciones en situación de vulnerabilidad, como niñas y niños, personas mayores, personas con discapacidad y otras que requieren apoyos específicos para su bienestar y desarrollo.
     
  • Fortalece el marco jurídico interamericano en materia de derechos humanos.

“Uruguay siempre se ha destacado en la región por haber sido uno de los primeros países en reconocer el derecho al cuidado mediante una ley específica —la Ley N.º 19.353— que este año cumple una década. Muchos países valoraron este antecedente en los documentos presentados ante la Corte”, subrayó Patricia Cossani, adjunta a la Secretaría Nacional de Cuidados y Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social.

Según la jerarca, esta Opinión Consultiva también constituye un reconocimiento al proceso de construcción del Sistema Nacional Integrado de Cuidados, que aspira a ser universal no solo en el acceso a los servicios, sino también en la calidad de los mismos. “Desde la CEPAL se estableció que el derecho al cuidado comprende tres dimensiones: el derecho al autocuidado, el derecho a recibir cuidados y el derecho a brindar cuidados en condiciones de igualdad y calidad. Esta concepción ha sido uno de los pilares del sistema uruguayo”, destacó.

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