Preguntas frecuentes sobre el Decreto Nº 66 de 20 de febrero de 2025

¿Toda entidad privada que brinda servicios a una entidad pública se encuentra alcanzada por el Decreto 66/025? 

El alcance del Decreto es solamente para aquellas entidad privadas que forman parte de la cadena de suministro de servicios críticos, tal como se define en los artículos 2 , 3 y 10 del Decreto 66/025. En esos casos, será el cliente estatal o el organismo regulador quien notificará formalmente que  corresponde cumplir y en qué plazos. 

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