Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) - AGESIC

No Vigente

Resumen

Acuerdo específico de cooperación interinstitucional. Tiene como objetivo colaborar con el fortalecimiento de las implementaciones informáticas de las diversas dependencias de ASSE para la complementación efectiva de su Red de Diagnóstico por Imágenes (RIDI).

Descripción

ACUERDO PARA LA ENTREGA Y USO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS ENTRE AGESIC Y ASSE

En la ciudad de Montevideo, el 15 de agosto de dos mil dieciséis, entre, por una parte: la Administración de Servicios de Salud del Estado (en adelante “ASSE”), representada en este acto por la Dra. Susana Muñiz y el Dr. Mauricio Ardus en sus calidades de Presidente y Vicepresidente respectivamente, con domicilio en Av. Luis A. de Herrera 3326 de esta ciudad; y por la otra parte: la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante “AGESIC”), representada en este acto por el Ing. José Clastornik, en su calidad de Director Ejecutivo, con domicilio en la calle Liniers 1324 Torre Ejecutiva Sur, piso 4º de esta ciudad; convienen en celebrar el presente Convenio, que se regirá por las siguientes estipulaciones:

PRIMERA: Antecedentes.-

1. Entre los objetivos y metas establecidos en la Agenda Digital Uruguay 2011–2015, aprobada por Decreto del Poder Ejecutivo N° 405/011 de 23 de noviembre de 2011, se encuentra la creación de redes avanzadas para la salud e Historia Clínica Electrónica (HCE) integrada a nivel nacional, en el entendido de que las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) tienen un gran potencial para la mejora de la gestión de los servicios de salud.
2. A fin de implementar dicha estrategia en el sector Salud, en el año 2012 se aprobó el Programa Salud.uy y se creó un mecanismo de gobernanza con una dirección conjunta entre el Ministerio de Economía (MEF), Ministerio de Salud Pública (MSP) y AGESIC.
3. En este marco, el Programa Salud.uy trabaja en la instrumentación de los servicios y procesos de informática médica para el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), entre los cuales se encuentra el desarrollo de la Historia Clínica Electrónica Nacional (HCEN) y de la Plataforma de Salud. Entre los componentes que tiene definido el Programa Salud.uy, se encuentran los Sistemas Informáticos para el funcionamiento integrado de la Red Asistencial, que incluye viabilizar la complementación de servicios entre sus actores, teniendo como primer meta la implementación de un Sistema Nacional de Teleimagenología (SNT).
4. En este marco, se efectuó el llamado a Licitación Pública Nacional N° 01/2015 S.UY para la adquisición de Hardware para implantación de la Red de Diagnóstico por Imágenes (RIDI) y la Historia Clínica Electrónica Oncológica (HCEO). Por Resolución del Director Ejecutivo de AGESIC N° 55/016 se adjudicó a la empresa Abacus S.A., la compra de equipos y su correspondiente garantía, tanto para PCs como monitores, por un período de 3 años.

SEGUNDA: Objeto.-

Ambas partes han entendido necesario y conveniente suscribir el presente Acuerdo, a efectos de que ASSE adopte las medidas necesarias para la complementación efectiva de su Red de Diagnóstico por Imágenes (RIDI).
A fin de colaborar con el fortalecimiento de las implementaciones informáticas de las diversas dependencias de ASSE, AGESIC en este acto entrega a ASSE, quien acepta, el equipamiento informático descripto en el Anexo I que se considera parte integrante del presente Acuerdo.

TERCERA: Equipos.-

El mencionado equipamiento consta de 89 equipos que serán distribuidos en los proyectos de RIDI y HCEO. Para RIDI se entregarán 44 equipos y para HCEO se distribuirán 45 equipos según los destinos indicados en el Anexo I.

CUARTA: Obligaciones de las partes.-

Son obligaciones de AGESIC:

1. Conceder el uso libre y gratuito a ASSE de los bienes muebles descriptos en el Anexo I y sus respectivas garantías.
2. Entregar los bienes a ASSE mediando el acta de entrega de recepción respectiva.

Son obligaciones de ASSE:

1. Recepcionar los bienes entregados y suscribir el acta de recepción correspondiente.
2. Distribuir los equipamientos de acuerdo con lo descripto en el Anexo mencionado.
3. Cumplir con las instalaciones en las condiciones y fechas pactadas de acuerdo con el Plan de Instalación de equipos mencionado en la Cláusula Tercera.
4. Llevar a cabo las acciones necesarias para lograr la complementación efectiva de su red de diagnóstico por imágenes.
5. Hacer un uso adecuado de las herramientas informáticas provistas de acuerdo con la finalidad establecida y con la debida diligencia.
6. No ceder a terceros, por ningún motivo, el derecho del uso de los bienes.

QUINTA: No Divulgación.-

Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generara en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.
Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 de “Acceso a la Información Pública”, modificativas y concordantes.

SEXTA: Domicilios.-

A todos los efectos a que diere lugar este Acuerdo, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia, considerándose válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente.

SÉPTIMA: Otorgamiento.-

En prueba de conformidad, se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

Anexo I.- Descripción de distribución de equipamiento informático

 

 

Por ASSE
Dra. Susana Muñiz
Presidenta
Dr. Mauricio Ardus
Vice Presidente

Por AGESIC
Ing. José Clastornik
Director Ejecutivo

Período

Fecha comienzo: 26/04/2024

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