Ministerio de Educación y Cultura - AGESIC
Vigente
Resumen
Acuerdo Específico de Cooperación Interinstitucional. Tiene como objetivo la colaboración y apoyo de AGESIC en la implementación del proyecto “Registro Único de Juicios del Estado” del MEC, con herramientas y técnicas de analítica avanzada.
Descripción
Acuerdo Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y Cultura y la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento para la utilización de analítica en el Registro Único de Juicios del Estado
En la ciudad de Montevideo, a los 18 días del mes de enero del año dos mil veinticuatro comparecen, por una parte, el Ministerio de Educación y Cultura (en adelante MEC), representado en este acto por el Doctor Gastón Gianero en su calidad de Director Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales, con domicilio en Reconquista 535, de esta ciudad; y por otra parte, la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante AGESIC), representada en este acto por Hebert Paguas, en su calidad de Director Ejecutivo y miembro del CDH de AGESIC, con domicilio en la calle Liniers 1324 piso 4 (Torre Ejecutiva Sur) de esta ciudad, quienes acuerdan:
PRIMERO: Antecedentes.-
1- Con fecha 12 de setiembre de 2011, MEC y AGESIC suscribieron un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional, con el objetivo de establecer un ámbito de actuación conjunta en actividades de interés común para ambas instituciones, así como para los intereses superiores del Estado. En este sentido, acordaron que las diversas áreas de colaboración serían objeto de acuerdos específicos complementarios, como lo constituye el presente documento.
2- El art. 408 numeral 4°, de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015, comete al Ministerio de Educación y Cultural (en adelante MEC) “relevar la situación del Estado en materia de juicios en que este sea actor o demandado, a cuyos efectos los distintos organismos públicos y personas públicas no estatales enviarán la información pertinente, en la forma y plazos que determine el Poder Ejecutivo, remitir propuestas referentes a la mejora de la gestión y llevar un registro centralizado sobre la base de la información remitida, que se actualizará periódicamente”.
3- En este sentido, dicho Ministerio está desarrollando un proyecto cuyo objetivo consiste en realizar un análisis cualitativo sobre los datos contenidos en sentencias, demandas y contestaciones. Asimismo, se quiere conocer cómo responde el Estado respecto a los juicios que se llevan en su contra, por qué se dan determinadas sentencias teniendo a la vista las defensas que se realizan, saber cómo trabajan las jurídicas en este ámbito, entre otros aspectos que permitan obtener información cualitativa.
4- Para tales efectos, AGESIC considera apoyar dicho proyecto en virtud de que el Estado uruguayo propicia una cultura de responsabilidad, transparencia, integración, austeridad y mejor aprovechamiento de sus recursos.
5- En mérito a lo expuesto se entiende necesario y conveniente suscribir el presente Acuerdo con el fin de que AGESIC contribuya con el MEC con la utilización de herramientas de Business Intelligence (BI) y de Inteligencia Artificial (IA), colaborando y acompañando a los equipos de trabajo que el Ministerio ha dispuesto; y lograr la complementación de las instituciones comparecientes, con especial foco en sus respectivas fortalezas y cometidos institucionales.
SEGUNDO: Objeto.-
En el marco de sus respectivas competencias, las partes convienen en suscribir el presente Acuerdo Específico de Colaboración Interinstitucional, a efectos de que AGESIC colabore y brinde apoyo en la implementación del proyecto “Registro Único de Juicios del Estado” del MEC, con herramientas y técnicas de analítica avanzada (ver más detalle en anexo).
TERCERO: Alcance.-
A través del presente Acuerdo Específico se procura colaborar en las diferentes líneas de trabajo que se definan, a fin de dar continuidad y mejora al Registro Único de Juicios del Estado (RUJE).
Los objetivos específicos del proyecto de detallan en el anexo 1 que forma parte del presente.
CUARTO: Obligaciones específicas de las partes.-
Son obligaciones específicas de ambas partes:
a. Proporcionarse en forma oportuna, los datos y la información requerida durante la vigencia del presente Acuerdo.
b. Cumplir con las demás obligaciones que se establezcan en cada documento que se suscriba, en relación con este Acuerdo.
c. Disponer de los recursos humanos necesarios para la formación de un equipo como contraparte, que incluya personal técnico y funcional adecuado a las características del proyecto, así como los recursos materiales para su implementación.
Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en el presente, cada parte designará un responsable o enlace frente a la otra, el cual será considerado interlocutor válido hasta tanto se comunique su cambio o remoción.
Corresponde al MEC:
1. La Gobernanza del proyecto y su sostenibilidad.
2. Realizar la adaptación del sistema RUJE, así como de su infraestructura para los requerimientos de conectividad y acceso a los datos para analítica que necesita Agesic.
3. Utilizar los mecanismos necesarios que garanticen la privacidad y confidencialidad de aquellos datos que puedan surgir del análisis efectuado.
4. En aquellas etapas que así lo requieran utilizar los mecanismos de disociación garantistas o efectivos.
5. Realizar la inscripción de la Base de Datos RUJE ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales y el cabal cumplimiento de la Ley N° 18.331 de 12 de agosto de 2008, modificativa y concordantes.
6. Integrar al Delegado de Protección de Datos en las instancias necesarias en la ejecución del presente convenio.
Corresponde a AGESIC:
1. Apoyar al MEC en la utilización de BI y de IA para analítica de datos.
2. Apoyar en la gestión del proyecto.
3. Asistir al MEC en todos aquellos aspectos necesarios para la consecución de los objetivos de este proyecto.
QUINTO: De la información.-
A los efectos de este convenio el responsable de la información es el MEC siendo AGESIC encargado de tratamiento por cuenta y orden del Ministerio.
SÉXTO: Seguimiento.-
Las partes conformarán un Comité de Seguimiento del presente Acuerdo, responsable del cumplimiento de los objetivos acordados, así como de los acuerdos específicos, y proyectos requeridos para su implementación. El mismo estará integrado por representantes que serán designados por cada parte y tendrá los siguientes cometidos:
a) Priorizar y especificar las tareas requeridas para el cumplimiento de los objetivos específicos definidos en el marco de este acuerdo.
b) Asignar los recursos necesarios para el correcto funcionamiento del proyecto definido.
c) Evaluar el logro de los objetivos específicos previstos en cada actividad, disponiendo en su caso, las acciones correctivas necesarias.
El referido Comité de Seguimiento será el encargado de coordinar la implementación y ejecución del presente Acuerdo. Asimismo, deberá velar por el cumplimiento de sus objetivos, así como proponer soluciones a las autoridades en caso de controversia.
SÉPTIMO: No Divulgación.-
Las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generará en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.
Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008, de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.
OCTAVO: Vigencia.-
Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción por el plazo de 2 (dos) años, renovable en forma automática.
NOVENO: Rescisión.-
La rescisión de este Acuerdo, deberá ser dispuesta en forma conjunta por las autoridades de los organismos firmantes, siempre que con un preaviso de 60 (sesenta) días corridos una de las partes comunique por escrito, a través de un medio fehaciente, su voluntad de rescindir el presente, y la otra parte preste su conformidad.
Esto no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución, debiéndose fijar en cada caso en que etapa se detendrán los mismos.
Asimismo, será motivo de rescisión unilateral de pleno derecho y sin necesidad de intimación judicial, en caso de verificarse el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en el mismo, por una de las partes.
DÉCIMO: Participación de terceros.-
AGESIC y el MEC podrán requerir en forma conjunta la participación de terceros en la financiación, ejecución, coordinación, monitoreo o evaluación de los programas y/o proyectos sujetos a este Acuerdo.
DÉCIMO PRIMERO: Domicilios y comunicaciones entre las partes.-
A todos los efectos a que diere lugar este acuerdo, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia de modo que, no mediando comunicación formal a la otra parte de cualquier variación que se produzca al respecto, será considerada válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente legalmente admitido.
DÉCIMO SEGUNDO: Otorgamiento.-
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Por Ministerio de Educación y Cultura
Gastón Gianero
Por AGESIC
Hebert Paguas
Anexo 1
Proyecto de analítica avanzada sobre RUJE
Introducción
Conforme con el art. 408 de la Ley 19.355 numeral 4°, de 19 de diciembre de 2015 y literales D) y E) del artículo 201 de la Ley N° 19.996 de 3 de noviembre de 2021 se comete al Ministerio de Educación y Cultural (en adelante MEC). El relevamiento y análisis de la situación del Estado en materia de juicios en los que sea parte, quedando a su cargo la administración, gestión, mantenimiento y actualización del Registro Único de Juicios del Estado.
Esta norma fue reglamentada por el Decreto N° 98/019, de 8 de abril de 2019, creando el Registro Único de Juicios del Estado, siendo este una herramienta informática —base de datos— en la cual los usuarios funcionarios de las jurídicas ingresan la información requerida por el sistema y documentos.
A los efectos de su implementación, y de acuerdo con el convenio marco firmado entre el MEC y AGESIC, ésta última trabajará para realizar ciertas tareas relacionadas con este cometido.
En relación con el tratamiento de datos personales, AGESIC realizará las tareas encomendadas en carácter de encargado de tratamiento por cuenta y orden del MEC.
Objetivos
Los objetivos del presente proyecto consisten en logar dimensionar la cantidad de procesos jurisdiccionales en los que participa el Estado en cualquiera de sus roles procesales, qué tipo de procesos son recurrentes, y en qué manera se resuelven, con el fin de tener un control sobre los mismos y contar con información útil para la toma de decisiones.
Consiste en realizar un análisis cualitativo sobre los datos contenidos en sentencias, demandas y contestaciones. A modo de ejemplo, se quiere conocer cómo el Estado estructura su defensa en los procesos jurisdiccionales en los que participa, identificando debilidades y fortalezas en vista a la formulación de políticas de gestión en materia litigiosa del Estado.
En el análisis de los documentos referidos no se realizará estudio de los datos personales que puedan contener, como así tampoco se incursionará en el desempeño de la tarea de los funcionarios de las asesorías letradas, los que continuarán rigiéndose por la normativa vigente.
No formará parte del objetivo de este proyecto la utilización de la información para resolver los casos, sino como una herramienta para instrumentar la defensa que ejerce el Estado en los procesos jurisdiccionales.
Responsable del MEC: Gastón Gianero, Director Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales del MEC
Delegado de Protección de Datos Personales del Ministerio: Magdalena Díazy
Durante el plazo establecido para este convenio es un requisito excluyente para que el proyecto pueda llevarse a cabo contar con contrapartes referentes en las distintas áreas y organismos involucrados. Estos referentes son:
• Silvia Pérez - Perteneciente a la Dirección Nacional de Asuntos Constitucionales y Legales del MEC
• Leonardo Latorre – Director de TI en MEC
• Ana Inés Alayón – Perteneciente a AMEPP
• Daniel Scuoteguazza - Perteneciente a AMEPP
Características
Acceso y tipos de datos
Los archivos identificados hasta el momento están almacenados en formato PDF en la base de datos de RUJE que se encuentra debidamente inscrita ante el Sistema de gestión de la URCDP.
Los archivos serán extraídos utilizando un procedimiento de intercambio seguro (ej.: SFTP) y corresponden sentencias correspondientes al Poder Judicial y/o Tribunal de lo Contencioso Administrativo, transacciones homologadas judicialmente, Laudos arbitrales, escritos de contestación de demandas y escritos de demandas, Dictámenes de la Procuraduría General del Estado, de los procesos jurisdiccionales en los que participa el Estado.
Es importante tener en cuenta que a priori, no se conoce qué información contiene cada uno de los archivos. Si bien, no van a ser parte del análisis los datos personales, estos pueden ser accedidos en determinadas etapas del proceso y se implementarán procesos de disociación cuando corresponda.
Infraestructura
AGESIC brindará recursos de infraestructura, ya que se utilizará su plataforma de big data (Apache Hadoop) para el procesamiento. Se utilizará HDFS para almacenamiento de los archivos y JupyterLab como entorno de desarrollo. Durante el proyecto se determinará si es necesario contar con infraestructura adicional. En caso de hacer uso de infraestructura adicional se hará teniendo los recaudos necesarios, acorde a la normativa vigente y brindando todas las garantías al proceso.
Recursos humanos
El equipo de trabajo estará compuesto por el equipo de AGESIC y un proveedor del squad de datos (pliego AGESIC).
Principales tareas
• Extracción e ingesta de datos
• Conversión de archivos a texto
• Procesamiento de texto con técnicas de NLP (u otras)
• Generar una herramienta de analítica sobre el texto generado (ej.: búsqueda semántica, paneles de visualización)
• Análisis exploratorio y procesamiento de datos (ej.: procesos vinculados a la calidad de los datos)
Objetivos
- Colaboración y apoyo de AGESIC en la implementación del proyecto “Registro Único de Juicios del Estado” del MEC, con herramientas y técnicas de analítica avanzada.
Período
Fecha de inicio: 18/01/2024