Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) - Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) - AGESIC
No Vigente
Resumen
Acuerdo Específico de Cooperación Técnica e Interinstitucional. Tiene por objetivo la facilitación del comercio exterior, optimizando y unificando a través de medios electrónicos, la información y documentación en un solo punto de entrada para cumplir con todos los trámites de importación, exportación y tránsito.
Descripción
Acuerdo Específico de Cooperación Técnica e Interinstitucional para el desarrollo del Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca entre
el Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior (liderado por la Dirección Nacional de Aduanas y la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior),
el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y
la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento.
En Montevideo a los 8 días del mes de mayo de 2013 comparecen, POR UNA PARTE: la Dirección Nacional de Aduanas (en adelante DNA), representada en este acto por su Director Nacional, Cr. Enrique CANON, con domicilio en Rambla 25 de Agosto de 1825 S/N 2do. Piso y la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior (en adelante CIACEX), representada en este acto por su Secretario Ejecutivo, Ec. Emb. Álvaro ONS, con domicilio en Colonia 1206 piso 4; POR OTRA PARTE: el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (en adelante MGAP), representado en este acto por su Ministro, Ing. Agr. Tabaré AGUERRE, con domicilio en Constituyente 1476; y POR OTRA PARTE: la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante AGESIC), representada en este acto por su Director Ejecutivo, Ing. José CLASTORNIK, con domicilio en Liniers 1324 piso 4, quienes acuerdan:
PRIMERO: Antecedentes
1. La DNA y la CIACEX lideran en conjunto el Proyecto de Ventanilla Única de Comercio Exterior (en adelante, Proyecto VUCE), que tiene por objetivo principal la facilitación del comercio exterior, optimizando y unificando a través de medios electrónicos, la información y documentación en un solo punto de entrada para cumplir con todos los trámites de importación, exportación y tránsito.
2. AGESIC promueve la mejora en la calidad de los servicios de Gobierno Electrónico brindados a ciudadanos y empresas en Uruguay, en particular trabajando en la simplificación de trámites y en la optimización en el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC).
3. El MGAP es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de las normas zoosanitarias, fitosanitarias, higiénico sanitarias y de calidad, establecidas para mercaderías de origen animal y vegetal en lo que refiere a los trámites de comercio exterior, siendo una institución clave que deberá integrarse a la VUCE.
Asimismo, la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSSAA), la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) y la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSSGG) han venido participando activamente en el relevamiento de procesos y colaborado en la validación de los mismos. En particular, la DGSSAA ofrece actualmente algunos procesos de tramitación web.
4. El Programa de Apoyo a la Gestión del Gobierno Electrónico en Uruguay II, apoyado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), tiene como objetivos específicos mejorar la coordinación interna del Estado uruguayo en el desarrollo de soluciones de Gobierno Electrónico y nuevos servicios públicos digitales.
SEGUNDO: Objeto
Las partes han entendido necesario y conveniente suscribir el presente Acuerdo Específico de Cooperación Técnica e Interinstitucional, a efectos de establecer las condiciones y responsabilidades para el uso de los fondos y recursos tecnológicos brindados por AGESIC para la inclusión de los organismos en el Proyecto VUCE, con referencia a las mencionadas Unidades Ejecutoras dependientes del MGAP.
Los procesos de Comercio Exterior que forman parte de este Acuerdo son:
- Dirección General de Servicios Agrícolas
- Importación, Exportación y Tránsito de Vegetales
- Importación de Alimentos Animales
- Importación de Productos Fitosanitarios
- Importación de Fertilizantes
- Importación de Inoculantes - Dirección General de Servicios Ganaderos
- Importación y Exportación de Carnes, productos, subproductos y derivados
- Importación y Exportación de Lácteos
- Importación y Exportación de Animales en Pie y Subproductos
- Importación y Exportación de Material Genético
- Exportación de Productos Apícolas
- Importación de Productos Veterinarios - Dirección Nacional de Recursos Acuáticos
- Importación, Exportación y Tránsito de Productos de la Pesca
TERCERO: Objetivos
En la presente cláusula se establecen los objetivos de este Acuerdo en lo relacionado al uso de los fondos y recursos tecnológicos ofrecidos por AGESIC, al compromiso asumido por el MGAP y VUCE, así como en relación a los requerimientos necesarios que cada parte debe cumplir, entre los que se encuentran:
a) Racionalizar la utilización de los recursos informáticos haciendo uso de las prestaciones que brinda AGESIC.
b) Utilizar en caso de ser necesario y conveniente los diferentes recursos tecnológicos brindados por AGESIC: Plataforma de Interoperabilidad, los Servicios de Infraestructura (Cloud), la Firma Electrónica y la RedUY.
c) Brindar asesoramiento técnico relacionado a la arquitectura de la solución a implementar por parte de AGESIC al MGAP en caso de que este último lo requiera.
d) Utilizar los fondos aportados por AGESIC para la integración del MGAP a la VUCE.
e) Apoyar a la concreción de las metas establecidas por VUCE en lo referente a la integración de los organismos a la misma.
f) Alcanzar las metas propuestas por el Programa de Apoyo a la Gestión del Gobierno Electrónico en Uruguay II, en particular, el apoyo a la DNA y CIACEX en establecer una ventanilla única para trámites de exportación e importación de bienes.
CUARTO: Compromiso de las partes
Las partes se comprometen a:
a) Alcanzar las metas propuestas para el Proyecto VUCE, trabajando en forma coordinada y buscando optimizar en todo momento los recursos utilizados.
b) Proporcionarse en forma oportuna, la información y los datos que cualquiera de las partes requiera durante el desarrollo del presente Acuerdo.
Son compromisos específicos de AGESIC:
a) Brindar apoyo técnico para la validación de la arquitectura de la solución a construir.
b) Brindar acceso y capacitación para la utilización de la Plataforma de Gobierno Electrónico en el Proyecto VUCE al MGAP.
c) Brindar acceso para la conexión con la RedUY así como asesoramiento para la misma.
d) Brindar apoyo para la implantación de la firma electrónica en los trámites de la Ventanilla Única de Comercio Exterior dentro del MGAP.
e) Apoyar dentro del presupuesto disponible y en base a un plan previamente acordado, la conexión del MGAP con la VUCE. En particular se identifican los siguientes apoyos específicos:
i. Apoyar a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) con fondos, planes y recursos en capacitación y adquisición de equipamiento necesario para la integración de la misma al Proyecto VUCE.
ii. Apoyar a la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSSAA) con fondos, planes y recursos para capacitación y adquisición o desarrollo de aplicaciones
para la DGSSAA en los siguientes procesos:
i. Importación de Alimentos Animales
ii. Importación de Productos Fitosanitarios
iii. Importación de Fertilizantes
iv. Importación de Inoculantes
Son compromisos específicos del MGAP:
a) Aprovechar las herramientas tecnológicas brindadas y recomendadas por AGESIC siempre que las mismas puedan ser utilizadas para la implantación dentro del Ministerio.
b) Realizar las especificaciones de requerimientos necesarias en tiempo y forma a juicio de VUCE y AGESIC para la publicación de llamados a empresas para el desarrollo de sistemas, compras u otras necesidades.
c) Dar cumplimiento a los estándares, buenas prácticas y procedimientos requeridos por AGESIC para hacer uso de los recursos tecnológicos que ésta provea.
d) Realizar las acciones que correspondan para el correcto cumplimiento de las metas establecidas de común acuerdo respecto al Proyecto VUCE.
e) Desarrollar las capacidades internas o los mecanismos necesarios para dar mantenimiento a las aplicaciones desarrolladas con el apoyo de AGESIC.
f) Desarrollar los mecanismos de comunicación necesarios para conectarse a la VUCE en aquellas aplicaciones que sean desarrolladas por el propio organismo, en particular las referentes a los siguientes procesos:
i. Importación, Exportación y Tránsito de Vegetales
ii. Importación y Exportación de Carnes, productos, subproductos y derivados
iii. Importación y Exportación de Lácteos
iv. Importación y Exportación de Animales en Pie y Subproductos
v. Importación y Exportación de Material Genético
vi. Exportación de Productos Apícolas
vii. Importación de Productos Veterinarios
Son compromisos específicos de VUCE:
a) Integrar todas las partes del proyecto para asegurar un adecuado cumplimiento de las metas y plazos.
b) Apoyar en la coordinación y articulación de las tareas y comunicaciones entre el resto de los intervinientes en el presente Acuerdo Específico.
c) Gestionar las tareas o actividades a fin de dar cumplimiento a los objetivos del Proyecto VUCE.
d) Apoyar dentro del presupuesto disponible y en base a un plan previamente acordado, la conexión del MGAP con la VUCE. En particular se identifican los siguientes apoyos específicos:
i. Apoyar a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) con el desarrollo de una aplicación que permita dar soporte a los procesos de Importación, Exportación y Tránsito de productos de pesca.
QUINTO: Seguimiento
Para el efectivo cumplimiento de las actividades previstas en este Acuerdo Específico, cada parte designará un responsable a cargo del mismo, quien será considerado interlocutor válido hasta tanto se comunique su cambio o remoción y tendrá como cometidos:
a) Priorizar y planificar las actividades necesarias para llevar adelante el presente Acuerdo Específico.
b) Indicar la asignación de los recursos necesarios para el correcto funcionamiento del mismo.
c) Evaluar el logro de los objetivos específicos previstos, disponiendo en su caso, los correctivos necesarios.
d) Informar periódicamente a sus respectivas autoridades en cuanto al nivel de avance de ejecución del servicio.
e) Difundir y comunicar los resultados alcanzados.
f) Procurar el buen cumplimiento de las metas establecidas en conjunto a los demás participantes del presente Acuerdo Específico.
SEXTO: Compromiso de confidencialidad
Las partes acuerdan que toda información relacionada con las otras partes, o que se generara en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito del titular de la información, conforme a la normativa vigente en la materia, Ley 18.331 de 11 de agosto de 2008 y 19.030 de 27 de diciembre de 2012.
Las obligaciones de no divulgación asumidas en este Acuerdo se mantendrán mientras dure el vínculo de las partes, y persistirán aún después de terminado el mismo, por un período de dos años contados a partir de la fecha cierta de tal desvinculación, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.381 de 17 de octubre de 2008 de Acceso a la Información Pública.
SÉPTIMO: Rescisión
Las partes podrán rescindir el presente Acuerdo en forma conjunta o unilateralmente, notificando dicha circunstancia con una antelación no inferior a los 30 (treinta) días corridos, en la forma y por los medios previstos en la cláusula décima.
Esto no afectará de modo alguno los programas o actividades que se encuentren en ejecución, debiéndose fijar en cada caso en qué fase se detendrán las mismas.
OCTAVO: Vigencia
El presente Acuerdo tendrá vigencia de un año, a partir de la suscripción del mismo, renovándose automáticamente por plazos anuales, sin perjuicio de la potestad de cualquiera de las partes de no renovarlo debiendo efectuarse la comunicación con 30 días corridos de anticipación, conforme lo dispuesto en la cláusula décima.
NOVENO: Solución de Controversias
Toda diferencia que surja en lo concerniente a la interpretación, aplicación o ejecución del presente Acuerdo, así como de todo otro documento que derive de la suscripción del mismo, se comunicará a las partes y se resolverá por la vía de la negociación directa.
DÉCIMO: Domicilios y Comunicaciones
Las partes constituyen como domicilios especiales para todos los efectos judiciales y extrajudiciales a que hubiere lugar, en los declarados como suyos en la comparecencia del presente Acuerdo y aceptan como válidas las notificaciones por telegrama colacionado con aviso de retorno, con copia (TCC/PC) dirigida a dichos domicilios o por cualquier otro medio fehaciente legalmente admitido.
DÉCIMO PRIMERO: Otorgamiento
En prueba de conformidad, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Por DNA
Cr. Enrique Canon
Director Nacional
Por MGAP
Ing. Agr. Tabaré Aguerre
Ministro
Por CIACEX
Ec. Emb. Álvaro Ons
Secretario Ejecutivo
Por AGESIC
Ing. José Clastornik
Director Ejecutivo