Apoyo por Minoridad
Información General
Beneficiarios
- Los aportantes al Fondo Especial de Tutela Social (F.E.T.S.) ya sean en actividad o retirados.
- Los hijos de dichos aportantes menores de 21 años.
- Los hijos de dichos aportantes mayores de 21 años que hayan sido declarados judicialmente Incapaces (CURATELA).
Documentación a presentar por primera vez:
- Solicitud de apoyo del titular dirigida al Señor Director del Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas, por oficio si están en actividad y en forma directa si están retirados.
- Recibo de sueldo del Titular que acredite que es aportante al F.E.T.S.
- Partida de Nacimiento del menor.
- Fotocopia de la C.I. del Titular y del menor.
- Informe médico expedido por el Hospital Central de las FF.AA. con el diagnóstico del niño y las recomendaciones de los tratamientos a ser indicados. Si es del interior del país aval del Centro de Atención Periférica (C.A.P.) regional o del Jefe del Servicio Sanitario de la Unidad, cuando corresponda. Se aceptan prescripciones médicas de otras coberturas de salud que cuente el beneficiario.
- Presupuestos Total del/los tratamientos solicitados y/o de la empresa de transporte (en caso de patologías severas), con IVA incluido. Deberán tener boleta oficial con Nº de RUT y pie de imprenta al día.
- Completar el Formulario de la Ficha Social anexando último recibo de Cobro.
Documentación a presentar por renovación:
- Se debe presentar toda la documentación anterior, excepto la partida de nacimiento.
Circular Nº 3/DFC/17: Procedimiento de pago del Área Minoridad/DFC
La Dirección Financiero Contable de la D.G.SS.FF.AA. comunica a los solicitantes, en lo referente al apoyo económico en el área minoridad, a los efectos de agilizar y clarificar los trámites, lo siguiente:
- Deberán presentar las boletas antes del día 15 de cada mes, de lo contrario se planillarán con las del mes siguiente. Ej.: Pago del mes de Diciembre, se recibe la boleta hasta el 15 de Diciembre y se hará el depósito antes del 30 de Diciembre aproximadamente (el Banco demora 48 hs. en acreditar el pago).
- Las boletas deberán ser originales: "CONTADO" o “CREDITO” (Con Recibo Oficial luego del pago).
- En la misma deberá constar: Nombre del beneficiario y mes al que corresponde el beneficio.
- Deberán ser del Instituto o profesional que consta en la Resolución según presupuesto presentado.
- Deberán tener vigencia (de acuerdo al pie de imprenta), NO podrán estar tachadas o enmendadas bajo ningún concepto, ni estar escritas con lapicera de color (solamente azul o negra).
- De esta forma el beneficiario efectuará el pago del servicio en el mes solicitado.
Importante:
- El apoyo que se brinda es de carácter precario y revocable, quedando el S.T.S.FF.AA. facultado a cesar el mismo cuando lo considere pertinente.
- La búsqueda y selección del Centro de Enseñanza Especializado y/o transporte escolar queda a cargo y responsabilidad del solicitante.