Entrega de Urnas
Información General
Beneficiarios
- Personal Superior y Subalterno en Actividad o Retiro y Equiparados, aportantes del FETS.
- Civiles aportantes al Fondo Especial de Tutela Social, de los Siguientes escalafones incluyendo todos los grados:
- Escalafón A (Profesional).
- Escalafón B (Técnico Profesional).
- Escalafón C (Administrativo).
- Escalafón D (Especializado).
- Escalafón E (Oficios).
- Escalafón F (Servicios).
- Padres, cónyuges, concubinos (con reconocimiento judicial de la unión concubinaria) e hijos hasta 21 años (mayores de 21 años sólo si están declarados judicialmente incapaces).
- Pensionistas (generan derecho sólo sí mismos).
Panteones administrados por el S.T.S.FF.AA.:
- Si el fallecido es sepultado en cualquiera de los Panteones administrados por el Servicio de Tutela Social de las FF.AA. (Panteón Nº 2020 Cementerio del Norte, Panteón Nº 129 y Nº 130 Pando y Panteón N° 38 de Los Cerrillos), a los 2 años, cuando se efectúa la reducción, automáticamente se proporciona una urna al momento de realizar efectivamente la redución.
Panteones NO administrados por el S.T.S.FF.AA.:
- Cuando el fallecido es sepultado en tierra, tubulares, o cualquier otro panteón en Montevideo, deberá presentar la documentación que acredite el derecho y se le proporcionará una urna al familiar para la reducción, indistintamente que deposite o no los restos en nuestros urnarios.
Panteones administrados por UU y Reparticiones Militares del interior del País:
- Cuando el fallecido es sepultado en algún panteón del interior del País, deberá presentar la documentación que acredite el derecho ante la Unidad o Repartición Militar del lugar y se le proporcionará una urna al familiar para la reducción, indistintamente que deposite o no los restos en el urnario militar del cementerio de la localidad.