Área Ancianidad (Casa de Salud)
Beneficiarios:
Aportantes al Fondo Especial de Tutela Social (F.E.T.S.), ya sean retirados o pensionistas.
Personas mayores de 65 años.
Personas menores de 65 años que no sean autosuficientes, que necesiten atención directa por incapacidad comprobada (se aclara que no es para aquellos familiares a cargo).
Documentación Requerida para la Solicitud Inicial:
Diagnóstico Médico emitido por el Servicio Sanitario de las Fuerzas Armadas, avalado por la Subdirección Técnica del H.C.FF.AA. Se aceptan también prescripciones médicas provenientes de otras coberturas de salud (pública o privadas).
Nota de Solicitud dirigida al Señor Director del Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas.
Fotocopia del Documento de Identidad de la persona titular y de la persona solicitante correspondiente.
Formulario de Declaración Jurada que incluya los últimos recibos de cobros (S.R.P.FF.AA., B.P.S. y/o otros en caso de tener) y los comprobantes de egresos que evidencien los gastos médicos derivados de patologías en tratamiento.
- Certificado negativo de B.P.S. (Banco de Previsión Social).
No es excluyente contar con Servicio de Acompañantes y Servicio de Emergencia Móvil.
Tres presupuestos de Casas de Salud o Residenciales (firmados), especificando los servicios ofrecidos a la persona paciente y detallando cuál de las casas propuestas es la más adecuada. Los presupuestos deben estar acompañados de boleta de contado, factura crédito o recibo oficial correspondiente.
Habilitación del M.S.P. (Ministerio de Salud Pública) o constancia de registro de trámite de habilitación en el M.S.P. de la Casa de Salud y/o Residencial, ELEPEM (Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores) (actualizada al año en ejercicio).
Documentación Requerida para la Renovación:
Toda la documentación previamente mencionada, con excepción de los tres presupuestos de Casas de Salud o Residenciales. En su lugar, se deberá presentar el presupuesto de la Casa de Salud o Residencial en la que se encuentra actualmente la persona beneficiaria actualizada para el periodo en curso.
Nuevo Diagnóstico médico del Servicio Sanitario de las FF.AA. avalado por la Sub Dirección Técnica del H.C.FF.AA. o prestador de salud del beneficiario (de preferencia Geriatra).
El Diagnóstico no puede ser establecido por el mismo profesional que se emplee como Director Técnico de la Casa de Salud ya que esto implicaría incompatibilidad de intereses.
El plazo para la recepción de la documentación para la renovación es del 1 al 31 de julio de cada año.
Habilitación del M.S.P. o constancia de trámite habilitación en el M.S.P. de la Casa de Salud y/o Residencial, ELEPEM (Establecimiento de Larga Estadía para Personas Mayores) (actualizada al año en ejercicio).
Aspectos Importantes:
- El apoyo otorgado es precario y revocable, quedando el Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas facultado para cesar el mismo en cualquier momento cuando lo considere pertinente.
- Este beneficio está destinado a las personas adultas mayores, retiradas o pensionistas, que no cuenten con familiares o personas encargadas que puedan proporcionarles atención directa.
- La búsqueda y elección de la Casa de Salud o Residencial es responsabilidad de la persona solicitante.
- El Servicio de Tutela Social se reserva el derecho de autorizar o no la Casa de Salud o Residencial propuesta por la persona solicitante.